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.
cante á -las Provincias de Castilla, 'toledo,
y
Anda-
lucía , y el de lo
Cr~minal · por
lo correspondiente ·
á
la de Aragon,) de instrufr Proceso particular · sobre
el
desri110 de cada Casa,
ó
Colegio·, con infmmes del
Diocesano, y del Juez Comisionado de Temp.orali.:. ·
dades; oyendo este al vocal nombrado por
el
Ayun- ·
ramiento, Dipurados,
y
Personero del Comun,_y to–
mándose rodas las demas n0ticias
é
informes, que las
circunstancias particulares bán ex1gido, como fueoir
á
los Caballeros Procuradores generales·de las Orde-:
nes de Santiago,
y
Calatraba , sobre
el
desdno de los
Colegios situados en su T errirorio respeltivo, para
que no se echase de menos esta solemnidad.
·
XVI
El por menor, que se vá.
á
dar al Público;
acreditará la consecuencia guardada en esta materia,
la armonía
y
uniformidad en los·
diltáLT~enes ,
y
la
~c
..
rividad en evacuar un asunto ran importante, siguien•
do en esto
el
exemplo de nuestro amado Monarca;
que sin perdonar foriga,
hi
exced ido
á.
todos en la
constancia de aplicar su R eal ánimo , y atencion, al
despacho de un
pro~Hgiom
número d e Consultas, que
.há prodt:cido este vastísimo negocio, cuyas últimas
resoluciones
se
publicaron en Consej_o Extraordina–
rio, con asistencia de los Señores Prelados, celebra-.
do en 4 de
Juni_o
de
1769.
·
,
XVII
Esrendieron los Señores Fiscales , despues
de habe r concluido los Expedientes parriculares de
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