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dos no pueden discernir las que son exqttisitas
,
ni
bay
tampoco en las
Provincúu Peritos
,
de quien 'Valerse para la separacion de ellas
:
con–
formándose con la propuest11 hecha por
Don Antonio Rafael Mengs,
primer Pintor de Cámara de S. M.
,
remitida al Consejo con Real Or–
den de primero de A bril
,
há nombrado en el Extraordinario
,
que ce–
lebró en veinte
y
cinci del propio mes
á
Don Antonio Ponz ,
sugeto
inteligente
,
y de la satisfaccion del mismo
Mengs ,
para que pase
á
todos los Colegios
,
y Casas que
los expresados
Regulares
ocupaba1a
en el Reyno,
y
con noticia de los Comisionados respeflivos reconozca,
tllJt
,
y
separe las referidas
Pinturas ;
dando cuenta con toda indi'Vi–
dualidad al Consejo
,
por mano de cada uno de estos de quantp 'Vaya
1Sdelantando
,
para que en su 'Vista determine lo con'Veniente.
r
á fin de que tenga cumplido eftClo
lo
acordado por el Consejo
en
el citado dia 'Veinte
y
cinco de Abril próximo
,
y
en nuevo Acuerdo de
tlos del corriente
,
prevengo
á
V. suspenda la 'Venta de las
Pinturas
de
ese Colegio
,
y
las franquee al expresado
Don Antonio Ponz ,
dando
noticia al Consejo por mi mano de lo que ocurra en el asunto.
Del propio modo suspmderá V. /a 'Venta de /a
Librería ,
cuidamlo
Ja J unta Mwiicipal de que no se extravíen Libros
;
que se mantengan
en buena Cllftodia
,
y
en parages que no sean humedos
,
ni expuestos
rí
cormpdo11
,
p.1r:l disponer de ellos
iÍ
f.1 vor de Universidades
y
Casas
tle E studio, segun lo que resultare de
las aplic,icione! de los Colegios,
ijlle con ta•1ta eficacia
y
.zelo trata el Consej o.
Fina/tnrnte todos /os
Papeles
reconocidos
y
reservados
,
respef!i–
vos
ií
Aposentos de los
Regulares
expatriados
,
dispondrá V. se trans–
p .;rten á esta Corte baxo de Inventario
,
para que se coloquen en el
.ArchivfJ
y
Estudios de
San Isidro el Real de Madrid ,
á cargo del
DiYeffor de ellos
,
y
del Bibliotecario.
r
de órden del Consejo
,
en conformidad de lo acordado en este dia
sobre instancia del ComisiontJdo de Cordova
,
se lo participo
á
V. para
su i11teligencia
y
cumplimiento.
Dios guarde á V. muchos años. Madrid dos de Mayo de mil sete-
1ientos sesenta
y
nueve.
Don Pedro Rodríguez Campománes.