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S9

dos no pueden discernir las que son exqttisitas

,

ni

bay

tampoco en las

Provincúu Peritos

,

de quien 'Valerse para la separacion de ellas

:

con–

formándose con la propuest11 hecha por

Don Antonio Rafael Mengs,

primer Pintor de Cámara de S. M.

,

remitida al Consejo con Real Or–

den de primero de A bril

,

há nombrado en el Extraordinario

,

que ce–

lebró en veinte

y

cinci del propio mes

á

Don Antonio Ponz ,

sugeto

inteligente

,

y de la satisfaccion del mismo

Mengs ,

para que pase

á

todos los Colegios

,

y Casas que

los expresados

Regulares

ocupaba1a

en el Reyno,

y

con noticia de los Comisionados respeflivos reconozca,

tllJt

,

y

separe las referidas

Pinturas ;

dando cuenta con toda indi'Vi–

dualidad al Consejo

,

por mano de cada uno de estos de quantp 'Vaya

1Sdelantando

,

para que en su 'Vista determine lo con'Veniente.

r

á fin de que tenga cumplido eftClo

lo

acordado por el Consejo

en

el citado dia 'Veinte

y

cinco de Abril próximo

,

y

en nuevo Acuerdo de

tlos del corriente

,

prevengo

á

V. suspenda la 'Venta de las

Pinturas

de

ese Colegio

,

y

las franquee al expresado

Don Antonio Ponz ,

dando

noticia al Consejo por mi mano de lo que ocurra en el asunto.

Del propio modo suspmderá V. /a 'Venta de /a

Librería ,

cuidamlo

Ja J unta Mwiicipal de que no se extravíen Libros

;

que se mantengan

en buena Cllftodia

,

y

en parages que no sean humedos

,

ni expuestos

cormpdo11

,

p.1r:l disponer de ellos

f.1 vor de Universidades

y

Casas

tle E studio, segun lo que resultare de

las aplic,icione! de los Colegios,

ijlle con ta•1ta eficacia

y

.zelo trata el Consej o.

Fina/tnrnte todos /os

Papeles

reconocidos

y

reservados

,

respef!i–

vos

Aposentos de los

Regulares

expatriados

,

dispondrá V. se trans–

p .;rten á esta Corte baxo de Inventario

,

para que se coloquen en el

.ArchivfJ

y

Estudios de

San Isidro el Real de Madrid ,

á cargo del

DiYeffor de ellos

,

y

del Bibliotecario.

r

de órden del Consejo

,

en conformidad de lo acordado en este dia

sobre instancia del ComisiontJdo de Cordova

,

se lo participo

á

V. para

su i11teligencia

y

cumplimiento.

Dios guarde á V. muchos años. Madrid dos de Mayo de mil sete-

1ientos sesenta

y

nueve.

Don Pedro Rodríguez Campománes.