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virtud evaeuado los informes respeétivos
á
las exhtentes en está
Corte ,
y
la del Colegio de
Villagarcfa de 0 1mpos
,
oído en el asun–
to á nuestro Fiscal Don Pedro Rodríguez Campománes, hizo pre-,,
s'ente en Consulta de seis de este mes, el nuestro Consejo su diBa–
men en esta razon ,
y
conformándose con·él N. R. Persona, há ve-.
hido , por su Real Resolucion á ella , en concedet las dos Boticas
del Colegio
Imperial
,
y
Noviciado
en esta Corte á la Inclusa
y
Hos-,
picio, con Ja fábrica material de las oficinas e11 que están construí–
das , separándose del resto de Jos edificios , con pared divisoria.
Que Jo mismo se execu
te conla del Colegio de
V illag arcía de
Cc1m–
pos
al Hospital Real de
To.ro,
trasladándose á él : ultimamente que
por regla general se apliquen las demás Boticas á Hospitales ,
In-'
clusas , Hospicios , 6 Casas de misericordia que estén baxo de Ja
jurisdiccion ,
y
proteccio.n Real , graduando nuestro Consejo aque–
llas , cuya necesidad sea mas urgente. Y publicada esta Real De!i–
beracion en el Consejo , en el Extraordinario , celebrado en trece
del corriente ' fue acordado su cumplim,iento '
y
que
á:
esre fin se
expidiese esta nuestra Carta para vos : Por la qual os mandamos_,
que con Ja mayor brevedad informeis, con separacion, de otro qual–
quier asunto por mano de nuestros Fiscales,
los
Hospicios •, Inclu–
sas , Hospitales,
y
Casas.demisericordia,
á
que respeél;ivameote sei
pueden aplicar Jas Boticas
existente~
en los Colegios,
ó
Casas,
qu~
fueron de dichos Regulares, ea cuya ocupacion de Temporal'idades.
estai5 entendiendo, con atencion á
la que tenga mas urgente ne–
cesidad ,
y
concurran en ella la pública utilidad,
y
calidades expre–
sada-s en dicha nuestra
Réal
Resolueion ;
y
en caso que no
haya
flecesidad de trasladarse
á
otro parage expongais con reconocimien–
to,
y
declaraci0n de Peritos , ,Jas Oficmas materiales en que
se
ha–
llan , su valor,
y
la cómoda separacion que podrá hacerse de lo
restante del edificio : todo con Ja mayor distincion
y
claridad, re–
mitiendo testimonio con inserciott del inventario ,
y
tasacion que
se hubiese hecho , de los muebles
y
efeétos de dichas Boticas,
á
fin
de proceder con conoci!1Uento de todo , no entrando en esta apliea–
cicn las deudas de medicamentos , ror ser caudal de la casa apli–
cable
á
sus Temporalidades ; pero sí todos Jos utensilios
y
d rogas
medicinales, como parre de
Ja
mi~ma
Botica ; por ser así nuestra
' 'ºJuntad , y qu e al traslado impreso de
e~ta
nuestra Carta , firma–
do de Don Josef Payo Sanz, nuestro Escribano de Cámara honora;-.
rio del Consejo, con destino al citado Exoraordinario , se le dé la