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9(,)

virtud evaeuado los informes respeétivos

á

las exhtentes en está

Corte ,

y

la del Colegio de

Villagarcfa de 0 1mpos

,

oído en el asun–

to á nuestro Fiscal Don Pedro Rodríguez Campománes, hizo pre-,,

s'ente en Consulta de seis de este mes, el nuestro Consejo su diBa–

men en esta razon ,

y

conformándose con·él N. R. Persona, há ve-.

hido , por su Real Resolucion á ella , en concedet las dos Boticas

del Colegio

Imperial

,

y

Noviciado

en esta Corte á la Inclusa

y

Hos-,

picio, con Ja fábrica material de las oficinas e11 que están construí–

das , separándose del resto de Jos edificios , con pared divisoria.

Que Jo mismo se execu

te con

la del Colegio de

V illag arcía de

Cc1m–

pos

al Hospital Real de

To.ro

,

trasladándose á él : ultimamente que

por regla general se apliquen las demás Boticas á Hospitales ,

In-'

clusas , Hospicios , 6 Casas de misericordia que estén baxo de Ja

jurisdiccion ,

y

proteccio.n Real , graduando nuestro Consejo aque–

llas , cuya necesidad sea mas urgente. Y publicada esta Real De!i–

beracion en el Consejo , en el Extraordinario , celebrado en trece

del corriente ' fue acordado su cumplim,iento '

y

que

á:

esre fin se

expidiese esta nuestra Carta para vos : Por la qual os mandamos_,

que con Ja mayor brevedad informeis, con separacion, de otro qual–

quier asunto por mano de nuestros Fiscales,

los

Hospicios •, Inclu–

sas , Hospitales,

y

Casas.de

misericordia,

á

que respeél;ivameote sei

pueden aplicar Jas Boticas

existente~

en los Colegios,

ó

Casas,

qu~

fueron de dichos Regulares, ea cuya ocupacion de Temporal'idades.

estai5 entendiendo, con atencion á

la que tenga mas urgente ne–

cesidad ,

y

concurran en ella la pública utilidad,

y

calidades expre–

sada-s en dicha nuestra

Réal

Resolueion ;

y

en caso que no

haya

flecesidad de trasladarse

á

otro parage expongais con reconocimien–

to,

y

declaraci0n de Peritos , ,Jas Oficmas materiales en que

se

ha–

llan , su valor,

y

la cómoda separacion que podrá hacerse de lo

restante del edificio : todo con Ja mayor distincion

y

claridad, re–

mitiendo testimonio con inserciott del inventario ,

y

tasacion que

se hubiese hecho , de los muebles

y

efeétos de dichas Boticas,

á

fin

de proceder con conoci!1Uento de todo , no entrando en esta apliea–

cicn las deudas de medicamentos , ror ser caudal de la casa apli–

cable

á

sus Temporalidades ; pero sí todos Jos utensilios

y

d rogas

medicinales, como parre de

Ja

mi~ma

Botica ; por ser así nuestra

' 'ºJuntad , y qu e al traslado impreso de

e~ta

nuestra Carta , firma–

do de Don Josef Payo Sanz, nuestro Escribano de Cámara honora;-.

rio del Consejo, con destino al citado Exoraordinario , se le dé la