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•j~

l

¿·

a

esta gran

e

1u::a,

sm que

a

1stanc

1

~

j!~ida

1os conocimientos de

las

circuns":.

tancias ,

y

necesidades locales, qne debeQ

influir

en estas aplicaciones.

Y

sabiendq

mis

Fiscales,

que

Yo

aspiro, con

el

ansia

ele

Padre de

mis Pueblos,

y

Proteétor

de::

Ja

Iglesia,

y

de la

mejor

disciplina ,

a

que

se aceleren quanto

sea

posible,

contribu..

yendo

por

su parte

a

tan

justas

intencio–

nes ,

y

que mi

Consejo

en

el

Extraordi–

nario ,

se ha conducido

en

todo sobre es..

tos

mismos principios , lleno de

ign a les

deseos ; he conocido , que si en las aplica–

ciones de Indias

se

hubiese de proceder con

las mismas formaliJadec; '

e

intcrvmcion

inmdiata

de

mi Consejo

eti

el

Exrra01<.li..

11ario, que

en Espaiia , podrian

tocarse

dos

graves

inconvenientes :

el

primero

el

de

la dilacion

,

pues no era posible , que de

Paises

tan distantes

viniesen ,

y

se

purifi~

casen

les notidas

necesarias ,

sin el trans–

curso de mt.1chos a6os ;

y

el

segundo, qu.e

ti}espues

de haber. empleado

tant~

tiempo,

po·