Previous Page  416 / 1144 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 416 / 1144 Next Page
Page Background

do , no t1a

bicn~o

ya

ffoder

en

1a

t1emf;

que con

pr~babilid~d

,

y

justicia pueda des..

truir

lo

qué

tan

solidamemc: se ha

fabr(..

cado. Siendo esto

a:ii ,

en lo

rcsprél:ivo

a

estos

mis

Domii'!ÍOS

de

España '

parecio

a

mis Fiscale3 , que con mayor raz::m debia

esperarse ,

y

promoverse en las Indias

d

:\Cerrado

destino

de

las·Casas ,

Cokgio8,

e

Igiesias , que en

aquellas

remotas Regio,;

nes

ocuparon

los expresados

Regulares

de

la

Compafíia,

y

el

cumplimiento

de 1os

objetos , que pudo tener la

Fundadon ,

y

permanencia de ellos: Siendo indubitable

el

-Patronato universal,

y

efe 61:ive que ret1...

go ,

y

pertenece

a

mi Real

Persona ·;

y

a

los Señores Reyes, que me

~uecedm

,

e11

todas las Iglesias ,

y

f

L1odac,:iones

piadosas

de

Indias ;

en canto

grndo ,

y

c'on '

tales

prerogarivas ,

que ,

conforme

a

la

Ley

se.–

g

unda

del tirulo

se~to

,

Libro

primero

de

la

Rcrcopilac~on

de.

aquellos

01is

Reynos ,

no se puede fundat, ni construir

en ellos¡

Jglesi§\

Catedral~

ni

P.~rroc¡uial, ni~otiva~

Mo"'