, 7
La Iglesia' quedará
á
cargo del Reror, 6 Cape
Ufo;-
que
se há de nombrar para el gobierno,
y
asistencia en lo espiri–
. rnal de la casa de crianza ,
y
recog-imiento.
8 Este . tendrá la obligacion de cumplir las Memorias de
· Misas,
y
otras espirituales , aplicando para su dotacion el
estipendio con que se 1,e
coµtribuya~
: · 9 · Servfrá tambiea la misma 'Iglesia para
el
uso de las
funciones que tenga el Cabildo de Sacerdotes seculare's, lla–
mado <le
Santa Catalina de Monterinay;
arreglándose el mé·
todo,
y
tiempo de ellas para evitar discordias.
io Se agregan á beneficio de la misma Iglesia, para gas–
tos de Fábrica, las Memorias que con titulo de Sacristía go·
zab<tn los Regulares de 1-a Compañia.
11
De los Ornamentos ,
y
Vasos Sagrados, provista la
Iglesia del Colegio, se distribuirán los sobrantes, ·como está
.resuelto por regla general.
Daymiel.
· 1
EStaResidencia, óCasa, en el territorio de
la
r c' cn
.
de Calatr.aba, se aplica por resolucion de S. M , á
Consulca de
21
de
Mayo
del mismo año, á Casa de Pension,
ó
Pupilage, con Aulas, y habitaciones para los Maestros de
primeras Letras, LatiniJad,
y
Retórica.
2
El Oratorio de ella, profonado si fuere necesario, con
los ritru acoscumbrados,
y
autoridad ordinaria Diocesana,
se destina al mismo uso de la Casa.
3 Los Ornatnentos, y Vasos Sagrados se distribuirán en–
tre las Parroquias pobres de aquella Villa,
y
territorio de
Ca–
latraba,
del modo que se halla acordado por punto general
. sobre la aplicacion del Colegio, é Iglesia de
Segura ·de la
Sierr,a. ,.
·
1-
Y en
la
Sala primera de Gobierno del Consejo se trata–
rá del fomento de las ensei}anzas, contribuyendo los propios
de'Ia:Villa,
y
reuniendo las Cátedra.s de Latinidad,_erigidas
:coa inf!accion de la Ley del Reyno.