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, 7

La Iglesia' quedará

á

cargo del Reror, 6 Cape

Ufo;-

que

se há de nombrar para el gobierno,

y

asistencia en lo espiri–

. rnal de la casa de crianza ,

y

recog-imiento.

8 Este . tendrá la obligacion de cumplir las Memorias de

· Misas,

y

otras espirituales , aplicando para su dotacion el

estipendio con que se 1,e

coµtribuya~

: · 9 · Servfrá tambiea la misma 'Iglesia para

el

uso de las

funciones que tenga el Cabildo de Sacerdotes seculare's, lla–

mado <le

Santa Catalina de Monterinay;

arreglándose el mé·

todo,

y

tiempo de ellas para evitar discordias.

io Se agregan á beneficio de la misma Iglesia, para gas–

tos de Fábrica, las Memorias que con titulo de Sacristía go·

zab<tn los Regulares de 1-a Compañia.

11

De los Ornamentos ,

y

Vasos Sagrados, provista la

Iglesia del Colegio, se distribuirán los sobrantes, ·como está

.resuelto por regla general.

Daymiel.

· 1

EStaResidencia, óCasa, en el territorio de

la

r c' cn

.

de Calatr.aba, se aplica por resolucion de S. M , á

Consulca de

21

de

Mayo

del mismo año, á Casa de Pension,

ó

Pupilage, con Aulas, y habitaciones para los Maestros de

primeras Letras, LatiniJad,

y

Retórica.

2

El Oratorio de ella, profonado si fuere necesario, con

los ritru acoscumbrados,

y

autoridad ordinaria Diocesana,

se destina al mismo uso de la Casa.

3 Los Ornatnentos, y Vasos Sagrados se distribuirán en–

tre las Parroquias pobres de aquella Villa,

y

territorio de

Ca–

latraba,

del modo que se halla acordado por punto general

. sobre la aplicacion del Colegio, é Iglesia de

Segura ·de la

Sierr,a. ,.

·

1-

Y en

la

Sala primera de Gobierno del Consejo se trata–

rá del fomento de las ensei}anzas, contribuyendo los propios

de'Ia:Villa,

y

reuniendo las Cátedra.s de Latinidad,_erigidas

:coa inf!accion de la Ley del Reyno.