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6

Anexo: proveyé ndose las dos Vicarías que se erijan por Opo–

sicion ,

y

Concu rsu , con arreglo á el Concilio de Tren

to.

1

3

Que

el 'Converuo no há de poder ·adqui rir en lo sucesi–

vo ni por título oneroso, ni lucrati o , íii 'po-r razon ' de Me-•

morías , Fur'l<laéióñ'es,

Con~regícl

iones, ní

ga

tos' de Sacris–

tía :

1

contentáódóse •c6á las rentas que tenian en

Cayon.

'

1

4

Que nb púeda aúmentar el n'úmero

aétnal

de Religiosos,

que son veinte y dos , p.ero sí mino(arle si decayesen las re n–

t a:S

f!

etiaráhaos~·

-enrer

r1ie

'te

dda

co hc'esión ~

del Coiegio

de líl

Coro~

ñi

rurs:.Y

'ntas , 'que le perteriécen

;'comb

~infor­

eJ muy

Rever~ndo

Í\ri?bispo

~e ~(ÍfJt'i~¡o;

y

que

1~

1

Co–

m11Jbl(fad

tr'1t5 l

élaaa

no füb1e e

Se~echO'

á

1

s alhaja's , bienes,_

y

efeétos del referido Colegio; salvo en el caso que

se

estimé

péi"

eónven'iehte. _,

'

'

1

1.1

bUl

l~1L

~

, .

.,,_,

"'

,

IJ

,

L

J

,

.J

.

,

1

EL Colegio de aquella Ciudad há resuelto

S.

M ,

á

Consulta de

z

1

d.:

Mayo

del mismo año , se destine

para A11l;is,

y

hab itaciones , de M<!es tros de primeras L etras,

L atinidad,

y

Retóriq~_,

eón facultad de recibir Pupilos , si

lo eermite su extension.

'

.

z '

Se 'c'onserva á la D ignidad Episcopal

la

facultad de

nombrar un Vocal, que asista al nombramiento de Ex:1mi·

nadores ,

y

á los Ex:ámenes de los referidos Maestros, ade–

mas: de lo' que. d?spone la Real Provision acó'rdada de

5

de

OCl-ubre

de

1767.

( r)

3 Separántiose con pared divifuria

la

Casa de Estudios

de la Iglesia, se há de trasladar

á

ésta la Parroquia de

San–

ta Marina ,

como propuso el Reverendo Obispo.

4

Se agrega al Párroco el cumplimiento de las cargas es-

pirftt.Jales_que esrérl

~cargo

de aquel Colegio.

'

~ü Se

deiraráb.

a!··Ia

Iglesfa los' Or&amen'tos;

y

Vasos Sa-'

grados que

necesite~

ad'emas'-de los qué

se

tr~ nsfieran

de la

aJ!it~íi'á

Pafrroqu1a-,, fépa'rtiéhddse e'l sobrante entre Parro–

qui~~

pobres,, en la conformidad acoi:dada por pu010 general.

·

(J '

El éc:t:Hiciol:l:e.

fa-

1

anügua Parroquia se há de profanar,

co'fl:)l<J-'Ca

1

AfeS'piÓh~ie'i1re

aut'or\dad det'Ordinario).

y

Ritos, des-'

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