Yuyarccuni : revista Interdisciplinaria de Estudios Históricos. Año 2, número 2 (2018)

Yuyarccuni Año II N° 2 Maria Valdivia 246 primeras expresiones, conviene situar otras formas de recuerdo, que sin proponérselo o con el claro objetivo de subvertir esta memoria institucional, nos brindan relatos sobre las experiencias carcelarias que debieran ser apreciadas más allá de un objeto de idealización o narrativa hagiográfica. Las experiencias de la violencia entre 1932 y 1956 quedaron silenciadas y/o olvidadas bajo la nomenclatura de Amnistías5, que favorecieron a las víctimas, en el sentido de su excarcelación o retorno después de largos exilios, pero hicieron imposible que los victimarios rendieran cuentas o resarcimientos por las acciones cometidas. Nunca se produjo la verbalización individual sistemática, todo quedó sumergido en las historias familiares o publicaciones marginales. De esa manera, la experiencia de las cárceles quedó circunscrita a un contexto de otras violencias también anónimas, expresadas en la condición de los presos comunes generalmente indígenas, negros, homosexuales, pobres o indigentes, sin faltar aquellos presos políticos permanentes que ningún partido llegó a reclamar, por significar la viva expresión de tiempos más radicales. Con ese fin, la memoria oficial pactista seleccionó parte de la experiencia carcelaria construyendo el “martirologio”, dejando de lado sus aspectos más beligerantes, como el cuestionamiento realizado por varios dirigentes y/o militantes que habían estado en prisión y que finalmente tomaron el camino del apartamiento del partido. En nuestra propuesta hemos considerado la necesidad de abordar la problemática que sólo se restringe al análisis de la experiencia de la prisión politica del período, narrada a través de la literatura testimonial, porque es posible reconocer en la fuente literaria, un elevado contenido de relato de memoria. En las obras que vamos a destacar se constituye: El deber de memoria o de otros problemas cruciales que apelan a una política de memoria –amnistía versus crímenes imprescriptibles- pueden ser colocadas sobre el título de reapropiación del pasado histórico como una memoria instruida por la historia y herida muchas veces por ella (Ricoeur, 2003, p. 1). 5 En torno a las Amnistías, entre 1933 y 1956 se dieron las siguientes: la Amnistía General dada por el Mariscal Benavides el 09 de agosto de 1933 y la Ley 12654 del 28 de julio de 1956 otorgada por el presidente Manuel Prado. En la primera se permitió el retorno de todos los deportados políticos, pero luego se prosiguió a su persecución, la segunda, a la par de la amnistía concedió indultos y el corte de todos los procesos seguidos a civiles y militares. Ver Amnistía Internacional, 04.06.17, <https://perspectivainternational.wordpress.com/2012/02/13/amnistia-general-en-el-peruperspectiva-internacional/>

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