Micaela Bastidas

72 Otro tópico relevante es en relación a la posibilidad de existencia de espías o traidores. El 26 de noviembre de 1780 Micaela lo previene: “nos puede sobrevenir alguna traición repentina por lo que te participo para que estés advertido, como igualmente de los soldados que con bastante estruendo se van previniendo en la pampa de San Sebastián”34. En otra ocasión advierte que es preciso premeditar bien las cosas, y que respondas la carta con mucha cautela y precaución, dándolo el sí, de que irás a Lampa, y a encontrar con los soldados de Arequipa, para que estén descuidados en la ciudad, y vayas de repente a sorprenderlos35. Parecen estar en el mismo nivel jerárquico, e incluso algunas veces ella lo reprende por sus decisiones, como en la misiva de 6/7 de diciembre de 1780, donde reclama: Chepe mío: Tú me has de acabar de pesadumbres, pues andas muy despacio paseándote en los pueblos, y más en Yauri, tardándote dos días con grande descuido (...) Yo ya no tengo paciencia para aguantar todo esto, pues yo mismo soy capaz de entregarme a los enemigos para que quiten la vida, porque veo el poco anhelo con que ves este asunto tan grave que corre con detrimento de la vida de todos36. Se insinúa una ruptura en los lazos de con¿anza, ya que, como ella acusa, “me ofreciste cumplir tu palabra, pero desde ahora no he de dar crédito a tus ofrecimientos, pues me has faltado a tu palabra”37 y, eso podría conllevar conjeturas de la más diversa índole que no trataremos en este trabajo. En el caso de las piezas del tribunal, estamos frente a una modalidad especial de testimonio, pues se ingresa en el dominio de lo judicial. Se trata del testimonio legal, testimonio inmediato (directo). Aquí se intenta “reconstruir” una historia para señalar un presunto culpable de un crimen. Por eso la pieza se produce con una sucesión de testimonios. 34 Ibídem, p. 304. 35 Ibídem, p. 484. 36 Ibídem, p. 329-330. 37 Ibídem, p. 330. Cláudia Luna

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