d. Los declarados por dolo (falsificación de partida) o por error. e. Los que en el orden sucesorio tienen menor derecho hereditario que el demandante. 10. SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS ENTRE LA ACCIÓN PETITORIA DE HERENCIA Y LA ACCIÓN REIVINDICATORIA DE BIENES HEREDITARIOS Las semejanzas son: a. Tienen una naturaleza jurídica real. b. Tienen como demandante a un heredero. c. No se extinguen por prescripción (artículos 664, 927 y 985). d. Se tramitan de acuerdo a las normas del proceso de conocimiento. Las diferencias son: a. En la acción petitoria, el demandado es un sucesor (heredero o legatario); en la acción reivindicatoria, el demandado es un tercero, o sea un extraño a la sucesión hereditaria de la que deriva el derecho del demandante. b. La acción petitoria es interpuesta a título universal; mientras que la acción reivindicatoria es a título singular. c. En la acción petitoria, el demandado opone su título de sucesor del mismo causante; mientras que en la acción reivindicatoria, el demandado fundamenta su derecho en un contrato o en la usucapión. 77
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