Manual de Derecho sucesorio

El concebido es también sujeto de derecho para todo cuanto le favorece. La atribución de derechos patrimoniales está condicionada a que nazca vivo. Esta condición es de naturaleza suspensiva y consiste en un hecho futuro e incierto al que está supeditada la adquisición efectiva de un derecho. En el presente caso, consideramos que es suspensiva porque en el Derecho patrimonial, el artículo 1 del CC reconoce al concebido que nazca vivo porque si nace muerto no le alcanza derecho alguno. Solo podrán hacerse efectivos sus derechos si nace vivo. El derecho del concebido existe desde el momento de su concepción, pero sus efectos están condicionados a su nacimiento vivo. El artículo 856 del CC corrobora este aserto al disponer que la partición que comprende los derechos de un heredero concebido serán suspendidos hasta su nacimiento. 9.1.1. Caso de los muertos Según el artículo 61, la muerte pone fin a la persona y solo heredan quienes sobrevivan al causante. No es posible declarar herederos de un muerto a otro que premurió, porque el muerto no es sujeto de derecho. ¿Qué puede ocurrir cuando dos personas con derechos hereditarios entre sí mueren en un accidente y no puede determinarse con precisión cuál de ellos murió primero? Es importante saberlo porque quien haya muerto primero transmitió su herencia al segundo de acuerdo a la máxima romana «viventis nulla est hereditas». Quien haya muerto primero transmitirá su patrimonio hereditario al segundo. En la legislación comparada, al respecto existen dos teorías: la de la premoriencia y la de la conmoriencia. a) Teoría de la premoriencia Esta teoría, cuyo origen lo encontramos en el Derecho romano antiguo, fue incorporada en el Código de Napoleón o Código Civil de Francia (artículos 720 al 722), que se encuentra desactualizado por obvias razones; ya que carece de lógica, de sentido de la realidad. Señala que la supervivencia de unos con relación a otros depende de determinadas circunstancias de hecho y, a falta de ellos, en consideraciones de edad y sexo. Han sido objeto de muchas críticas dando lugar primero a que la jurisprudencia francesa terminó por no aplicarla y sea sustituida por la teoría de la conmoriencia. Actualmente, esas 45

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