Manual de Derecho sucesorio

Cuando judicialmente es declarada inválida la desheredación hecha por testamento. b) Segundo: existe testamento. Sucesión mixta (artículo 815, inciso 2) Existe testamento, pero carece de institución de herederos. Esto es posible de acuerdo con el inciso 2 del artículo 815 del CC. Existe testamento, pero judicialmente ha sido declarado caduca o inválida la disposición que instituyó heredero. c) Tercero: sucesión supletoria (artículo 815, inciso 3) En el testamento, el causante instituye heredero forzoso; pero este muere antes que el testador, renuncia a la herencia, es declarado indigno o es desheredado y no tiene descendientes que pudieran representarlo en los casos que la ley prevé. d) Cuarto: sucesión supletoria (artículo 815, inciso 4) El testador que carece de herederos forzosos, instituye heredero voluntario o legatario y muere uno u otro según el caso antes que aquel, o no han cumplido con la condición establecida por este o por haber renunciado o sido declarados indignos sin que haya sustitutos designados. Aquí se habrá producido la caducidad de la institución. e) Quinto: sucesión mixta (artículo 815, inciso 5) Cuando el testador que carece de herederos forzosos y no ha instituido herederos voluntarios, se limita a disponer de una parte de la herencia designando legatarios, dará lugar a que la parte de la herencia no dispuesta corresponda a los herederos legales que pueda tener, de acuerdo al artículo 816, porque el derecho de acrecer es viable tratándose solo de herederos (según el artículo 774), ya que respecto de los legatarios solo funciona como excepción (artículo 775 del CC). 4. ÓRDENES EN LA VOCACIÓN LEGAL O INTESTADA El tema está desarrollado en los artículos 816 y 817 del CC. Toda persona, por el hecho de existir, tiene capacidad para suceder; es decir, aptitud para ser sujeto pasivo de una trasmisión patrimonial por causa de muerte. Pero, para poder ejercitar el derecho de opción consistente en aceptar o renunciar una herencia, se requiere el llamamiento que hace el testador o subsidiariamente la ley sobre la base de tres factores 207

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