Manual de Derecho sucesorio

mas no las responsabilidades económicas en que pudiera haber incurrido. Muchos autores modernos, como Bianca (1990, p. 257), consideran que la desaparición es un hecho que no requiere declaración judicial y que origina únicamente la designación de un curador provisional sin establecer plazo alguno para este efecto. Esto es cabalmente cierto de modo que, siendo la desaparición solamente un hecho, solo interesa saber si resulta probado para proveer como consecuencia el nombramiento de un curador con doble finalidad: evitar su indemnidad o desaparición mediante una adecuada administración y asumir el pago de las obligaciones insolutas. Es provisional porque subsistirá mientras no reaparezca, se declare su ausencia o se compruebe su muerte. 8 El albacea solamente puede ser removido judicialmente (Ejecutoria de Casación 17294, Lima, 14 de octubre de 1996). Al no haberse demostrado con prueba idónea el inicio de facción de inventario dentro de los noventa días de la muerte del testador, se incurre en causal para la remoción de albacea (Ejecutoria de Corte Superior de Lima, Expediente 501-98, Sala N.° 1, del 22 de junio de 1998). 193

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