Ley y justicia en el Oncenio de Leguía

castigados con dos años de trabajo; y así, sucesivamente, hasta cinco años máximo. Artículo 7.- Los rematados que, después de cumplir una condena de reclusión o de cárcel, no tomaren ocupación notoria en el semestre subsiguiente a la fecha de su salida, pasarán, sin más trámite, a llenar el año de labor prescrito en el artículo 6° de esta ley. Artículo 8.- Ningún vago, extranjero o nacional, así como ningún extranjero calificado de pernicioso por las autoridades de policía, podrán utilizar el recurso de Hábeas Corpus contra los arrestos, expulsiones o trabajo que, respecto de ellos, decretaren las autoridades de policía. Comuníquese al Poder Judicial, para que disponga lo necesario a su cumplimiento. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del mes de enero de mil novecientos veinticuatro. Guillermo Rey, Presidente del Senado F. A. Mariátegui, Presidente de la Cámara de Diputados. R. C. Espinoza, Senador Secretario. Al Señor Presidente de la República. Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de enero de mil novecientos veinticuatro. A. B. LEGUÍA Pedro José Rada y Gamio Memoria del señor presidente de la Corte Suprema, Carlos Erausquin, en la apertura del año judicial de 1920 (281-286) Señor: En armonía con el régimen democrático representativo establecido en nuestra Constitución Política, como forma de Gobierno, la Ley Orgánica del Poder Judicial impone a los Presidentes de Corte el deber de presentar en este día, una reseña o memoria de la labor realizada durante el último año, de los defectos que hubiesen notado en la legislación y de los medios que deban adoptarse en favor de la más acertada y pronta administración de justicia. Muy grata es esta labor en situaciones normales; pero harto penosa en condiciones extraordinarias, como por desgracia ocurre al presente. Voy a cumplirla con la claridad y precisión que me ha sido posible, libre mi 221

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