Ley y justicia en el Oncenio de Leguía

cumplirse su liberación, se interpondría recurso de hábeas corpus a su favor488. El señor Rincón permaneció tres días en la cárcel de Huari. El 27 de setiembre llegó debidamente esposado a la capital del departamento de Áncash: Huaraz. En esa ciudad se entrevistó con el prefecto del departamento, el señor Villanueva. Este alto funcionario del Estado, representante nada menos que del presidente de la República, le reiteró lo manifestado por el oficial Guzmán: tenía instrucciones superiores de remitirlo a Lima489. Desde Huaraz, tras un recorrido de dos días, Rincón fue trasladado al puerto de Casma, en donde se le embarcó rumbo al Callao bajo la rígida custodia del teniente Carbonell. Marchaba en el vapor Imperial. Se le llevó en seguida, ya en el principal puerto peruano, a uno de los salones de la Intendencia de Policía. Se ignoran los motivos por los que había sido aprestado el señor Rincón, pues estaba dedicado en Huari a sus labores490. 4.18. EL CASO DE VÍCTOR RAMOS: UN TENIENTE CORONEL EN APUROS El presidente de la Corte Superior de Lima, Raúl O. de la Mata, en gesto valiente que curiosamente coincidió con su detención, exigía al prefecto de Lima que, con motivo de un hábeas corpus que interpuso el oficial del ejército Víctor Ramos —declarado fundado por el Tribunal Correccional —, los denunciados por delito de secuestro Juan Esquivel y Melquiades Guerra fueran capturados y recluidos en la cárcel de Guadalupe. El magistrado se quejaba de que las autoridades políticas y militares que se encargaban de la custodia de los detenidos en el Hospital Militar de San Bartolomé hubieran cometido desacato frente a las resoluciones judiciales con absoluta impunidad491. Edilberto C. Boza, abogado del teniente coronel don Víctor Ramos, exigía que, habiéndose comprobado en la visita judicial que llevó a cabo el magistrado comisionado José Granda —quien sería más tarde presidente de la Corte Suprema— el secuestro consumado de su patrocinado, sin perjuicio de la sanción penal contra los responsables, se decretara la inmediata libertad de su defendido. El 20 de noviembre de 1920 el Tribunal Correccional, ante la detención arbitraria del teniente coronel — que ya se encontraba en esa condición más de veinticuatro horas—, dispuso su inmediata libertad. Se ordenó que se les abriera instrucción penal por delito flagrante de secuestro al subteniente Juan Esquivel, del 198

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