prisión contra las personas a que estaba facultado a hacerlo; haga el recurrente uso de su derecho donde corresponda480. El vapor Ebro, donde se encontraba el doctor Augusto Durand, levó anclas a las cinco de la tarde del viernes 3 de setiembre. No obstante la libertad dispuesta por el Tribunal Correccional de Lima, la fuerza pública hizo caso omiso del mandato judicial. El juez de primera instancia no puede cumplir con poner inmediata libertad a mi esposo el Sr. Augusto Durand porque las autoridades políticas del lugar se mantienen en actitud de desacato a las resoluciones judiciales; así lo informo el expresado Sr. Juez en la provincia que en la fecha ha expedido, y que se me acaba de notificar mediante la esquela que acompaño. Pido que este tribunal dicte las providencias necesarias a conseguir el respeto que se debe a los mandatos del Poder Judicial. La esposa del doctor Durand presentó el 6 de setiembre un nuevo recurso en el que se pide que el tribunal correccional complete la resolución. Era preciso que comunicara al ministro de Gobierno, Germán Leguía y Martínez, la comisión de delito de deportación. Exige también que el prefecto del Callao sea procesado y sentenciado inmediatamente, según la letra y el espíritu de la Ley de Hábeas Corpus y el flamante Código de Procedimientos en Materia Criminal481. Nada de eso ocurre. Una semana más tarde, la combativa señora reitera un nuevo recurso a favor del marido inmovilizado en el puerto del Callao. Esta vez se dirige al presidente de la Corte Suprema. «A la Corte Suprema pido que se digne dictar la resolución que ponga término a las restricciones indebidas expuestas a las garantías de mi esposo»482. No sería únicamente la cónyuge de Augusto Durand quien reclamaba el cumplimiento del mandato judicial expedido por el Tribunal Correccional, el propio presidente de la Corte Superior de Lima, Raúl O. de la Mata, un magistrado que defendía los fueros judiciales, se vio precisado a dirigirse a la Corte Suprema a fin de comunicar oficialmente lo que acontecía: El juez instructor del Callao, Dr. Manuel Panizo ha puesto en conocimiento de esta corte que le ha sido imposible practicar las diligencias familiares con motivo de un recurso de Habeas Corpus, presentado a favor del Dr. Augusto Durand, que, se dice, se haya detenido indebidamente a bordo del vapor «Santa Luisa» y, en sala plena, se ha acordado poner tal hecho en conocimiento del tribunal supremo, pidiéndole garantías para la administración de justicia483. 196
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