Don Manuel Moncloa teme entonces que su hijo Daniel Moncloa sea deportado, por lo que interpone un recurso de hábeas corpus, amparándose en el artículo 344° del Código de Procedimientos Materia Criminal, ante el Tribunal Correccional de Lima. La denuncia es acogida por la Corte Superior de Lima, la cual oficialmente confía al juez Neptalí Chávarri el encargo de conseguir la libertad del joven Daniel Moncloa. A pesar de su instancia, el juez Chávarri no puede cumplir con la tarea encomendada, pues la autoridad política del Callao y la policía no le brindan facilidades para transportarse a la isla465. Neptalí Chávarri y Arce sería conocido como juez de numerosos casos de hábeas corpus durante el Oncenio de Leguía. Hizo una carrera judicial espectacular. Nacido en Cajamarca en 1866, se graduó en 1890 de doctor en Jurisprudencia en San Marcos con la tesis Los hijos del desheredado que sobreviven al testador tienen derecho a la legítima del aquél. Comenzó su itinerario como relator de la Corte Superior de La Libertad, juez de primera instancia de Trujillo y Pacasmayo en 1910, y vocal interino de la Corte Superior de la Libertad. Una vez en Lima, convertido en vecino de La Punta, fue nombrado juez de primera instancia en el Callao, donde debió pronunciarse sobre los hábeas corpus. Ascendió a vocal interino de la Corte Superior de Lima en 1925, pero fue nombrado titular en propiedad hacia el año 1926. No fue defenestrado por el régimen de Sánchez, tanto que se convirtió en su presidente el 1934. En el gobierno de Benavides fue nombrado hacia 1936 vocal de la Corte Suprema. Fue llamado a ejercer como profesor de derecho civil en la joven Universidad Católica del Perú466. 4.10. EL CASO DE ALFREDO SCHELGO: UN COMERCIANTE BAJO SUSPICACIA Alfredo Schelgo, comerciante de profesión, fue arrestado mientras se encontraba en el Hotel Nassa de la ciudad de Chincha. Posteriormente, fue conducido por las fuerzas del orden al cuartel de la policía de la misma ciudad el 12 de noviembre de 1920. Desde Chincha fue trasladado rápidamente por vía marítima en el vapor Mantaro hacia Lima. Schelgo procedió entonces, amparado por el artículo 345° del Código de Procedimientos en Materia Criminal, e interpuso un recurso de hábeas corpus467. Una vez que fue conducido arbitrariamente a Lima, Alfredo Schelgo fue puesto en libertad468. Por lo menos, el señor Schelgo tuvo mejor suerte que 192
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