Ley y justicia en el Oncenio de Leguía

del ministro de Gobierno, Germán Leguía y Martínez, para una entrevista no solicitada. Después de realizada, fue puesto en libertad tras tres horas de vergonzosa prisión. El golpe probablemente no era precisamente contra él, sino contra la investidura que aquel representaba. Era una advertencia, una amenaza más que velada para intimidar a los jueces. La Corte Superior de Lima no mostró solidaridad alguna por su presidente. Los vocales no celebraron ningún acuerdo de protesta ante la prisión de sus colegas Raúl O. de la Mata y Fernando E. Palacios. El doctor Mata renunció entonces a la presidencia de la Corte375 y solo entonces reaccionaron los jueces de segunda instancia. El vocal decano, Juan P. Lanfranco, citó a sala plena a fin de tomar un acuerdo extraordinario e inmediato. La reunión tuvo lugar bajo la presidencia del doctor Lanfranco y con asistencia de los señores Ballón, Araujo, Álvarez, Granda, Muñoz, Villagarcía, Panizo, Pastor, Quiroga, Burga y Mercado. No concurrieron los señores Mata, Palacios, y Velarde Álvarez, este último por motivo de enfermedad. La renuncia del doctor Mata fue rechazada por todos los votos, menos el del doctor Panizo, que votó por su aprobación. Manifestó como fundamento de su voto que la renuncia del señor Mata no podía obedecer sino al silencio oficial de la Corte durante todo el día siguiente de realizada su detención y la del doctor Palacios. Añadió Panizo que él, en el caso del doctor Mata, habría procedido del mismo modo. El tribunal debía haberse solidarizado y no lo hizo oportunamente. Se aprobó por unanimidad un voto de aplauso a los doctores Mata y Palacios376. El doctor Raúl O. de la Mata volvió a ser detenido tiempo más tarde. El propio ministro de Justicia, Pedro M. Oliveira, se preocupó de su condición, pues mediaba entre ellos una amistad, calificándolo en un oficio de «excelentísima persona». Oliveira le exigía al ministro de Gobierno y Policía la libertad del magistrado y el cumplimiento de las garantías contempladas en la Constitución Política377. Se insiste que se le libere dadas las «circunstancias humillantes a su persona» y se «remedie tal situación sumamente desagradable para el doctor Raúl O. Mata»378. En el gobierno de Sánchez Cerro el magistrado Raúl O. de la Mata fue desagraviado. Por Decreto Ley 6877 de 5 de setiembre de 1930, reemplazó en la plaza de vocal supremo a Eleodoro Romero Salcedo, primo hermano de Leguía y albacea suyo. La vacante de Romero se habría producido a comienzos de 1930; sin embargo, el juez Mata ocupó en dos ocasiones la vocalía suprema durante el gobierno de Leguía en forma interina sin que el 157

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