Ley y justicia en el Oncenio de Leguía

Cabe señalar que el poeta, que era un megalómano, al leerlo se enfureció. Y en lugar de escribir un artículo rebatiendo aquella nota, toma el teléfono para llamar a Elmore y proferir insultos contra su padre. Le espeta con un «No, usted es el hijo del traidor de Arica», aludiendo a una especie que ningún historiador digno ha recogido. Elmore, indignado por el agravio escribe entonces una carta relatando a la letra todo el insulto que había recibido, y la lleva a publicar en «El Comercio», con tan mala suerte que, minutos después, se encuentra con Chocano. Es en ese momento, que el escritor indignado ataca súbitamente a Chocano golpeándole el rostro y dominándolo en la lucha lo sacó a empujones hacia el hall exterior, donde continuó maltratándolo hasta el momento en que Santos Chocano sacó del bolsillo su revólver y se produjo un disparo que hirió a Elmore mortalmente en el vientre; y que este al sentirse herido salió a la puerta de la calle sin ayuda de nadie, de allí, que varios amigos al conocer la desgracia de que era víctima, lo trasladaron en un automóvil al hospital italiano325. ¿Premeditó Chocano acaso el ataque con antelación y reflexión tranquila suficiente para preparar su plan y evitar errores al momento de realizarlo o el crimen fue el resultado de las circunstancias?326. ¿Era previsible la agresión contra él? Nada de esto quedó claro. Se mantendría en la conciencia del propio autor. Entre los argumentos que se señalan en la sentencia, podemos recoger lo siguiente: Que la instrucción preventiva de fojas seis y las declaraciones de los testigos presenciales concuerdan en cuanto el hecho de que el tiro se hizo en el instante en que retrocedía Elmore, realizándose los actos con la mayor rapidez, lo que significa que el disparo se produjo en plena riña, sin que obste en contrario la afirmación de que en ese momento Elmore levantaba las manos a la altura de los hombros, porque dado el enlace de uno y otro hecho tienen éstos que considerarse como simultáneos y no pueden apreciarse separadamente. Por consiguiente no hay fundamento legal para considerar que Chocano procedió con alevosía, circunstancias que supone seguridad en la perpetración del delito sin riesgo alguno para el agente, lo que es insostenible ante la consideración de que Elmore indudablemente más fuerte que Chocano pudo desarmarlo en el lance327. La fiscalía se explayó en la naturaleza del acto punible. Rechazó la tesis de la legítima defensa por la falta de proporción entre el ataque físico y el empleo de un revólver. Que como Elmore atacó a Chocano solamente con sus puños no hay pruebas del peligro de muerte que este invoca ni aun de ser graves las lesiones que sufriera en la riña, no puede bajo ninguna forma y por ningún concepto estimarse como defensa legítima la que hizo el acusado al rechazar la agresión de que se trata y horas después de la grave ofensa que por teléfono infiriera a la víctima. Y 137

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