Las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú

preeminencia entre los oficiales de cada uno de los institutos armados y entre éstos para el cumplimiento de actividades de mando, empleo y ceremonias. En este sentido, en el caso del personal militar oficial la precedencia se determina en función de los siguientes criterios: a) Los oficiales de armas o de comando general tienen precedencia sobre los oficiales de servicios. b) Los oficiales de servicios procedentes de las escuelas de formación del Ejército del Perú, Marina de Guerra y Fuerza Aérea del Perú tienen precedencia sobre aquellos no egresados de dichas escuelas. En relación con los supervisores, técnicos y suboficiales u oficiales de mar la forma de determinar la antigüedad y precedencia no es muy distinta a lo expuesto respecto de los oficiales, conforme se puede ver a continuación: a) A mayor grado, mayor antigüedad. b) A igualdad de grado, prima el mayor tiempo de servicio prestados en él. c) A igualdad de grado y tiempo de servicio en el grado, prevalece la antigüedad del grado anterior. d) A igualdad de tiempo de servicio en el grado, el personal egresado de las escuelas de formación técnico-profesional del sector Defensa tiene prioridad sobre aquellos provenientes del servicio militar o de institutos y de escuelas de educación o universidades, y entre los dos últimos los del servicio militar. e) En el grado de suboficial de tercera u oficial de mar de tercera, la antigüedad se determina en atención al orden de mérito obtenido al egresar de las escuelas de formación técnico-profesional. f) Entre el personal de las instituciones armadas, en caso de igualdad de orden de mérito, la antigüedad se determina en atención al tiempo de formación técnica profesional en las respectivas escuelas de formación técnico-profesional, según reglamento. g) Para el personal asimilado, al pasar a la condición de efectividad, la antigüedad se determina en atención al orden de mérito obtenido en el proceso destinado a establecer tal condición, y la precedencia que el reglamento de cada institución otorgue a cada especialidad. h) A igualdad de grado, el personal efectivo será considerado de mayor antigüedad que el personal asimilado. 29

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