La Iglesia puneña : órgano del gobierno ecleseástico de esta diocesis/Título posterior : La Iglesia Puneña periódico semanal. órgano ofial del gobierno eclesiástico de la diocesis(desde N°37)/Título posterior: La Iglesia puneña: publicación eventual. órgano de dcoumentos, doctria y hechos (desde n°180) - Año Nº1-18,/Nº19 Ene 12/Año 2-Nº2/Año 1,Nº3/Año II-Nº 23-51/Año III Nº52-79/AñoIV Nº 80-99/100-116/ Año V-117-136/Año VI 137-148/Año VI Nº149-172/Año VII-Nº175-184

AÑO Vil PUNO JUNIO 24 DE .1875. N. º 162. ' 1 PERIODICO SEBIA.NAL• &NGWRiM • • o C ·f&§SMfMBW& -oRGANO OFICIAL DEL GOBIERNO ECLESIASTICO DE LA DIOCESIS, SECCION OFICIAL. IIISISTERIO DE INSTRUCCCON PÚl3LICA, CULO, JUSTICIA Y DENEFICEN~IA. Lima, Junio 3 de , t873, CIRCULAR, Al Reverendo Obispo de Pu no. Siu entrar en el exámen del origen, desenvol'fimiento y decadencia de la profesion monástica, mé basta llamar la atenciou ilustrada de US. l., sobre las vicisitudes que ha experimentado esa institucion eu todas las naciones católicas, desde que olvidado!:! sus miembros de la pureza de costumbres que los llizo respetables aun á las personas que no profesaban el culto catelico, y abandonando mas tarde el estuaio y la meditacio9, quecornirtió un tiempo los manasterios en el ceutro y refugio de las ciencias, se eutregaron los monjes de prefere11ci11 á las prácticas mundanas, dedicnndo ni ocio y la di_. sipacion el tiempo que debieran emplear en la oracion y el recojirniento. Y a tal grado llegó le relajaciou monacal, que los pueblos mas celosos pefensores del c11tolicismo se han vist::> obligados á dictar reformas mas o menos radicales, sin lograr restableeer en los claustros la primitiva disciplina. El Perú, que al proclamar su independencia política, declaró que consentia en su seno á los Regulares sujetos á los Diocesauos, y de acuerdo con la autotidad eclesiástica, muchas disposiciones relativas a mejorar la couducta de los Religiosos, de manera que pu- .diesen prestar útiles servicios á la Igle-- sia. l\Ias tales esfuerzos no han producido un resultado favorable, desde que Ja licencia á que se han entrega.do largo tiempo esas corporaciones, les impedía someterse de lleno á la fiel obsenancia de su regla. Llegó á tal punto la relajacion de nuestros Regulares, y amenazaba de una manera tan alarmante los sanos principios de nuestra Ileligion, que exilado el celo de nuestro Venerable l.Uetropolitano, y no considerando bastantes sus facultades para proceder a dictar una reforma general, las solicitó y obtuvo del Itomauo Pontífice, y empezó á ejercerlas en uno de los conventos de esta Capital, encontrando para ello sérias resistencias. Con el ,mismo objeto, y á fin de robustecer la autoridad l\fetropolitana, envió Su Santidad un Delegado, quien despues de examínar el estado de los cooTentos é informarse del desarreglo que en ellos reinaba, tuvo á bien redactar el proyecto de reforma de 15 de No-viembre de 187 l que sometió al Gobierno para su aprobacion, y sobre el cual recayó e\ decreto de l 2 de Enero de 1872, propendiendo de esta manera el Gobierno á que se verificase una saludable reforma, sin ol,idar las leyes y disposiciones patrias expedidas antes con idéntico fin. Conocidos son de U. S. 1. y de todo el Perú los inconvenientes que ha producido esa reforma, que no ha podido hasta ahora implantarse, por resistirla los religiosos á quienes se refieren, basta ¡el extremo de haber abandonado los claµstFos la mayor parte de ellos. El Gobierno, queriendo {)lle no se ma logre tan laudable propósito , y en proteccion de los verdaderos intereses de la religion que profesa la República, ha pretendido llevar á buen tér- _mino la reforr;ua, y ha solicitado la eficáz y poderosa cooperacion del Padre de los fieles, comu lo ,•erá O. S. I. por la tópia de la nota de nuestro Agente diplomático cerca de la San ta Sede, que tengo el honor d'e acompañarle. La· circunstaucia de haber ocurrido el Gobierno al Primado de la Iglesi a para adoptar C()II su' acuerdo y aouencin las disposicione8 convenientes respecto de los Regulares, es ~n d utla la mas sófüfo garautía de que estas disposiciones no alttraran en manera tilguna, ni causarán el mas leve daüo á los dogmas de nuestra Santa Religion; y si n emba rgo, ese mismo hecho sirve de pretex to a los trastornadores de l órJcn público para provocar dificul tade8 en la marcha admini~trativa del pais, fingie1:do un mentido celo por la religion, que ellos mismos desconocen con sus actos. Pero el hecho mas reprcnsil1 le y que no puede dejar pasar de:-apcrci!Jido el Gol>icmo, es la actitud q• han tomado al• gunos sacerdotes imprudentes, abusando de la CllteJ ra Sagrnda y dd prestigio que da a sus palabras el carilcter que invi leu para alHrmar las concicmcias y exitar el fanatismo religioso de las masas, imputando al Gobi erno miras tortuosas en detrimento del culto, al paso que confie. an el intento de proceder en armooia y perfecto acuerdo con el Santo Padre, de quien no deben temer ona disposicíon contraría a lds conveniencias de la Jglesia; llevando el exceso de los predicadores ha~ta suponer maliciosamente que el o!Jjeto del tiobieruo es clausurar todos los conventos, larlzando de ellos á las castas vírgenes consagradas al servicio de Dios. El Gobierno, fuerte con su escrupulosa oq;er van cía de las le) es y su fiel respetq a la Constitucion, confia en el apoyo de los pueblos que le dan repetidas pruebas de su bueu sentido y del amor íl ór<len y á las instituciones que se vú obust.eciendo en ellos ; pero no debe t lerar que los encargados de predicar el Evangelio, -y de enseüar á los fieles el respeto que deben á las autoridades legalmeute constituidas, y especialmente á las decisioues del Romano Po11tífice en todos los asuntos que conciernen á· la Iglegia, profanen la. Cátedra de la verdad con declamaciones mentirosas y con dañado objeto. Co1~fia S. E. el Presidente que penetrado US. J. de la vertlad de los hechos, y persuadido de la recta intenc.ion qoe lo auima por el engrandecimiento de la Religion, empleará su autorizada palabr_a en disipar Jos temores que hayan podido inspirnr en los fieles de esa Dióc~sis la voz de los falsos profetas; ejercitando lJS. l. la eficácia de su celo e- -vangélico para arrancar la cizaña.que se ha pretendido arrnigar en sus tímidas conciencias. ' Espera tambien S. E. que US. I. amonestará á los miembros de su clero para que se abstengan de profanar las casa de Dios y la Cátedra Sagrada, recordándoles las penas que tanto las leyes española~ como las patrias tienen sancionadas contra tal abuso. Dios guarde á US. J. Jose Eu,sebio Sanchéz. l .· Repúbliea Peruana.-Diócesis de Puno.-A 20 de Junio de 1873. Al Sr. l\Iinistro de Justicia, Coito, Iostruccion y Ileoeficeucia. S. lU. Por el correo del l 2 del presente, he recibido la nota circular de US. de fecha 3 de Junio, y le ida con la atcocioo y regpeto que siempre consagro a todo .lo que emana del Supremo Gobierno, he procurado penetrarme, en cuanto me ba siJo posible, de su espíritu y de su sentido. Por lo que respecta til primero, comprendo que se trata <lc¡uu asunto, desde luego, altamente importante para la Igl esia Peruana, cual es el de ll evar á cabo por comr,letot la reforma de regulares, adoptando para esto el recurso al Padre cumt1n de 10s fieles, al l\rntor de los Pastores, ni Primado de la Iglcdia y Vicario de Nuestro Señor Jesucr isto sobre la tierra, como el único y mas eficáz medio que ofrece la lglesia Católica, pnra esta clase de asuntos, de suyo delicadísimos. En cuanto al segundo, he tenido la honda pena de observar, despues del duro reproche que US. hace á las comttnidad~s religiosas consideradas histórica y socialmente, el juicio des favorable que tiene hecho el Snpremo Gobieruo de la actitud que ban tomado los fieles respecto de esta cuesLion, .Y del procedimiento empleado. por algunos sacerdotes al ocupar la Cátedra Sugrada con este intento: llegando la indignacion de ese Ministerio, hasta apellidar fanatismo a la actitud de aquello :; fieles, y llamar falsos profetas á esos sacerdotes; últimamente he deplorado e l encarecimiento con que US. · me recomienda la lectura de una carta del Sr. Miuistro Gal vez que en eópia me acompaña, y que ofrece á primera vistél el plan poco ó mida católico, prccoucebido por dicho Sr. Ministro y prohijado por el mismo Supremo Gobierno, para dar cima al proyecto sobre reforma de regulares. Tratándose del espirita de la nota de US. JO habria deseado con todo micorazon, ver en ella revelado el intento del Gobierno, de una manera ma:s esplícita y sencilla, para evitar preteslos á los trastornadores del órden público, y aun el nLuso de la Catedra Sa;!rada, que a juicio de US., han hecho algunos sacerdotes , salvando con esto á la vez el conflicto que sarge pa ra el Episcopado, con la circular <le US. que contesto. Perdoue este avanze mio, el Sr. Ministro. No es esta una leccion que doy al Supremo Gobierno (bien lo &abe Dios), es sí la espresiou sincera <le la augustia que esperimeuto al obse rvar los em ua razos que se ha creado en un asunto tan trascend enta l. 17elizmente en mi Diócesis, hasta hoy, que yo sepa, uo se ha dado alar.ma alguna en los ficles, ni caso de predicacion de algon sa• cerdote sobre este asunto. Pero si tal hubiera ocurrido ¿no es cierto que el sentido de la circular de US. me bnbiera colocado en la ·mas crítica de las situaciones? ¿No es verdad qne sin hacer traiciou á mis deberes pastorales, me seria imposible de todo punto, anatematizar con el nombre de fanatismo lo que en mi conciencia de Obispo, traduzco como la espresion de una piedad delicada? ¿~o es evidente que atendida mi condicion de Pastor, cometeria la mas cr<1sa de las aberraciones, apellidando falsos profetas á los sacerdotes que en cumplimiento de su deber sacerdotal revelabau al pueblo los temores que yo mismo esperimento con la lectura de la circular de US? He aquí, Sr. l\Iinistro, uno de los ca50s que produce en mí un desconcierto general, atendida:ii mis convicciones, mi fé y los sentimientos de mi corazon. Con v'encido estoy, como el que mas, del respeto, de la veoeracion y aun del deber que liga á todo Ciudadano para cumplir los mandatos de la Suprema autoridad, y las tendencias de mi corazon se armonizan perfectamente con estas convicrio nes. Lejos, muy lejos de mí en estos momentos, el lcngaaje de la hipocrecía, qo'e siempre b~ detes,ta4,o, particularmente tratándose· de una· O&- municacion oficial; pero ¿como• amalgamo, Sr. Ministro, los deberes que la fé me impone como Obispo Católico, con mis convicciones y con mis sentimientos en casos como el presente? ¿Cómo predicaría a mi pueblo, exhortándole á que permaneciese tranquilo· en es-ta séria cuestion de reforma de regulares, cuando US. dá principio á su ·nota circular por frases como las que cópio A continuacion? .. Sin entrar en tl exámen del orijen, desenvolvimiento y decadencia, de la pro(esion monastica, me basta Uama.r la atencion ilustrada de U;S. Ilustrísima sobre las viscisitudes que ha esperimen1ado esa institucion humana en todas las naciones católicas.» Permítame US. que hablando con el debido respeto, le diga que saltan dos graves errores en esta sola cláusula: el uno histórico, y el otro algo mas delicado·, porque se roza con el dogma y la moral. El histórico consiste, en asegurar que las institucioue,; -monásticas han esperimentado viscisitudes, y por lo mismo decadencja en todas las naciones católicas. Este hecho que US. asegura, sin salvedad de ningun genero, carece de todo fundamento; porque hoy mismo exis. tet1 comunidades religios,ls en muchas naciones civilizadas de Europa, que hao sabido conservar puras é íntegras sus con!,tituciones monacales al travéz de las viscisitudes de los si~los; y si en el momento en que escribo estas líneas po se dau conventos en mayor número en Inglaterra, en .Alemania, Francia y Esp11ña, es porque la doct,rina espoliadora y vertiginosa de Lutero, fue aceptada y vieue siéndolo mas ó menos hasta hui por aquellos gobiern.os. ·No es pues admisible históricamente hablando la absoluta afirniacion de 08. de que acabo de hacer mérito; y esto, que paso en silencio la vida robusta y vigorosa de que han di:;frutado y disfrutan en la actuuliddd las comunidad.es religiosas

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx