.,, 5 IPHM A Kd prenda de segura victoria, es la primera que escribe eu su bandera !ª escuel~1. que con tanto calor predica la rngereueia d~l Poder civil en asuntos puramente espt· rituales; y por lo mism~ de la esclrn,iv~ competencia de la Iglesia. . Y qué ¿sera mas tremendo para las nac101:1_e8, J_a agio· meracion de las facultades leJ1slat1vu, ejecutiva y judicial en una sola mano, que la iuju~tificable confusion del poder s:hre la.s conciencias , con el que la autondad civil debe ejercer en favor de lo~ actos externos del ciudadano? c{La plen1 tnd de los poderes constitucionales, abnrniaudo con su peso la límitaciou de u11 solo hombre debe)·Ú considerarse corno la 11rnn a - cabada espresion del despotismo, y no asi la ~lel que con una sola palaLni e~ etiene nuestro Lrazo y compromete el prmcipio interior de nuestra i\.cciou? Ante la natural conelusion qne la inteligencia menos aYisada deduee de l~s precedentes preguntas, nada uos resta :: 1no decir: ..A.tn.Í.8 los embaucadores ck los pueblos; atrás los 9ue prete1~dcn so~t? - ner añejas preocupac10nes regal 1s tns; [l tras ios miserables cortesanos del Poder trn:1poraL EE. 222!! SEUCION OFICIAL. SECCION DEL CULTO. Repúulica Peruana-Prejectura 1/ Com,an - dancia Gene1 ral del Depm·tarm:nto de Puno á 3 de Octubre de 1866. Señor Secretario de Estado en el despacho de Justicia, Instruccion y Beneficencia. s. s. Con fecha 29 de Setiembre último, trascribí al R. Obispo de esta Diócesis, el Oficio de US. de 11 del mismo, á fin de que se abstuviese de llevar á efecto la Encíclica Quanta c11,- ra, miéntras no se ohtuvit•ra el prévio pase del Supremo Gobierno: pero ]ejos de ver:ficarlo así, ha dado principio al Jubileo en esta Capital el dia l. 0 del que rije, contestando tí mi oficio citado en los términos que verá US. en la comunicacion, ·que original adjunto á esta, para los fines q ne el Supremo Gobierno conceptúe convenientes. Dios guarde á US.-S. S. --Hip6lito Valdez. Secretaria de Estado en el despacho de Justicia, Culto, Instruccion y Beneficencia. Lima, Oct11hre 19 de 1866. Al Prefecto del Departamento de Puno. Se ha recibido en esta Secretaría el oficio de US. de 3 del corriente, en el que se sirve participar que con fecha LA IGLESIA PUNE~.A. mr■f'IIFr w bfflvff"9 ' 29 del mes próximú pasado, trascribió lJS. al R. Obispo de esa Diócesis el oficio de 11 del mismo, relativo á la Encíclica Quanta cura, y que dicho R. Obispo, lejos de abstenerse de proceder, ha dado principio al Jubileo, contestando á US. el oficio que original viene adjunto. El citado oficio de 11 de Setiemhre contenia una parte de instrucciones para que US. arreglase á ellas sus procedimientos, y no pudo ni debió el1 manera alguna, ser trascrito á dicho R. Obispo, pues solo fué diriji<lo á US. recordándole las prescripciones de la ley, y ordenándole que procediera. Peto US. se ha constituido en meto órgano de comunicacion entre el Gobierno y el R. Obi spo de Puno, cosa que no ha podido hacerse. Tampoco ha debido US recibir ese ofició <lel citado R. Obispo, y mucho menos trasmitirlo á este despacho, pues los términos en que se ha1la concebido, no guardan conformidad ni con la circunspecdon del Pastor que lo dirije, ni con la au tori<lad que US in viste. Esta Secretaría lo d eY uelve ~f US. deplorando que se hubiese recibido por esa Prefectura. El Gobierno nada tiene que discutir con el R. Obispo de Puno, y espera que US. lo devuelva, á su vez, como indigno de figurar entre las comunjc-aciones del pa is mas atrasado Dios guarde á US. - J. S. Tejeda. (' 'Dij] 1\ nrn.no N. 24.") R epública Pemana-,Prejectura y Comandancia Genernl del D P-pm·l<mu:,utn de Pu· no-A 18 de l{oviemlre ile 1866. Al Reverendo Obispo de la Diócesis. I. s¡ En cumplimiento <le Jo que se me previ ene <le órden suprema por la Secretaría de Justicia, Culto, lnsttuccion, y Beneficencia:· devuelvo á U. S. I. el o fici o que con fecha l. 0 de Octubre próximo pasado, dirijió á esta Prefectura, y fué elevado original ai conocimiento del Supremo Gobierno. Dios guarde á US. I.-Hip6lito V atdéz. República Peruana.-Diócesis de Pzino - Puno á 18 de N oviernbre de 1866. Al Señor Ptefecto y Comandante General del Departamento. S. P. y C. G. Contestando la muy apreciable última ele US., que en este momento MI e HiFFi5fii3!ifriZéiM?D3Sj:?í3;:wN ··n&~ acabo de recibir, debo decirle qui}; no pudiendo adivinar las razone8 de alta política que haya tenido el fü. Secretario del Culto, para faltar ,í: toda regla de urbanidad, y ú los res.: petos y consideraciones que se me - rece un Obispo, aunque sea tan in.; digno como yo, tengo el sentimiento de negarme á aceptar la devolucion de mi nota, fecha primero de Octu - bre, remitiendola á esa Prefectura, para que por lo menos sea conser vada en su archivo. Dios guarde á US.- J uan Ambroszo Obispo de Puno; República Pet·uana. - Prefectura '!l Comandancia Genernl del Departa1nento de Puno-A 18 de N oviem~ bre de 1866. Al Reverendo O hispo de la Diócesis. I. s. Yá he dicho J US. Ilma. en mi primer · oficio de hoy: que en cumplimiento de lo que sé me or<lenaba· por la Secretaría del Culto <levolviaá US. I. su oficio de 1. 0 <le Octubre vencido; y como ademas se me previene que dicho documento no debe figurar en los archivos nacionales: tengo el sentimiento de adjuntarlo nuevamente á esta comuDicacion para satisfacer los deseo-, c1 ,1 Supremo Gobierno de quien dependd y cuyas determinaciones debo cu'rnplir esclu.-ivamente . Dios guarde á US. I.-Hip6lito Vald::z .República Perurma-..D16cesis de Puno.- Puno á 18 ile Novi·e1nb1·e de 18'3G. Señor Pref0cto y Comandante Gc..;- neral del Departamento. S. P. y C. G. Estrañando sumamente la conduc-· ta de US. al devolverme, par seg11nda vez, mi nota de 29 de Sdiembre' último, és de mi deber expresarle, qüe resuelto corno estoy :í no aceptarla:, por cuanto su aceptacion importa un serio ultraje á mi dignidad, éomo Obispo, la remito nuevamente, advirtién<lole, que si US. se halla en el cáso de satisfacer los deseos del Supremo Gobierno de quien depende cumpliendo esclusivamente sus determinaciones yo, que en guardade mis sagrados derechos, no me ha llo en esa conuicion, tampoco ten-·
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