La Iglesia puneña : órgano del gobierno ecleseástico de esta diocesis/Título posterior : La Iglesia Puneña periódico semanal. órgano ofial del gobierno eclesiástico de la diocesis(desde N°37)/Título posterior: La Iglesia puneña: publicación eventual. órgano de dcoumentos, doctria y hechos (desde n°180) - Año Nº1-18,/Nº19 Ene 12/Año 2-Nº2/Año 1,Nº3/Año II-Nº 23-51/Año III Nº52-79/AñoIV Nº 80-99/100-116/ Año V-117-136/Año VI 137-148/Año VI Nº149-172/Año VII-Nº175-184

LA IGLESIA PUNEÑA. l~ol~J_o~s~r~ap~a~c~es~.~P~o1~· ~s~its~f1~·u~to~s~l~o~s-~c~on~ 5;~::~~~-~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~•~~~Zu~*!'!'s~m~. ~~~~~~!!!!!!!~!!!~*!i!!!!ZL'llll!~~~~~~~!!'•"" - rns. Y les recordamos, que fué el mas P?r. tan justas causas tengo el cede á quienes placo y es c:e su san- cargado del Gobierno Eclesiástico s_a_h_1dab_le encarecimiento que hizo A su senhmi~nto de dirijir á US. la pre- tísima voluntad. d l D', · "fi ª t • e a 1oces1s, certi ca que á veinD10ces1s y diocesanos el sucesot de los sen e renuncia esperando que de a- Dios guarde á US.-./iosJ D·w· 11i"'- t · d 1 d A ó t l l · d 1 v ,., ' ~ e Y seis e mes e Mayo del año del P s o es, e rnolvidable Pastor de nues- cuer o con e enerahle Cabildo se s1,,"o Huerfa.-1\Firmado.) d tras almas · d ·t· 1 Señor, e mil ochoc1·entos setenta existe en la Diócesis ninauna otra dia de la fecha, presentado que fué . sirya a m1 ir a, en razon de que1no autoridad ante la cual puedo hacedo. Repúbl,icct Peruana.-JJiócesis de el S. D. Francisco Ru-iz, SecretaSECCION OFICIAL RBPÚBLICA; PERUANA. -El primer Canónigo de esta Santa Iqlesia Catedral .-Pnno, Mayo 7 de 1870. • Al Señor Vicario General, encarCl'ad? del_Gobierno Eclesiástico y P~o- · visor de la Diócesis. S. G. E. y P. P:,- !as cinco de la tarde de ayer rec1hi el respetable oficio de US., P?r el que se sirve.decirme que temendo que ser estrañado de esta capital cree de su deber dirijírseme con antic1pacion, esperando que ??n la franqueza y la precision, exiJ1da por el caso, le diga yo, si llegada la ocasion que fundadamente conjetura US., admitiré o no el Gobierno Eclesiastico de la Diócesis, ya que soy destinado á sostituirlo. Aunque un d-ia que, no recuerdo J del mes de Agosto ultimo se leyó una nota dirijida á US. por el Ilustdsimo Obispo de la Diócesis, en la que participaba á US. su nombramiento para el destino que dignamenJe ejerce,expresando que en caso necesario debía yo suceder a US. , no se me trascribió la citada nota ni se me comunico oficialmente ei nombramiento en lo respectivo a mi persona. Por tal circunstancia no pude aceptar ni renunciar el carO'o . 1 t, con que sm merecer o se había dig• nado honrarme nuestro Iltmo. Prelado. Pero como US., tomando en consideracion tales circunstancias me indica le diga yo si admitiré 6 no el Gobierno Eclesiástico de la Diócesis, ha llegado pues el caso de que conteste el apreciable oficio de US. renunciando, como en efecto re~mncio, el cargo que se me encomienda por las razones siguientes. pegun los principios generales d_e Derecho Eclesiástico y los consignados especialmente en las Decretales, son renunciables todas las dignidades y oficios Eclesiásticos por causas _just~s: Favorecido yo por esta_s d1spos1c10nes y adoleciendo de vanas enfermedades que por mi edad avanzada se vau haciendo cronicas tengo derecho para ser eximido d¿ desempeñar los oficios anexos al Gobi_erno Eclesiástico. Bien sabe US. lo mismo que el Venerable Cabildo, que auu_la Canongfa la he aceptado c?n d1ficul tad y tan solo por mira1:11e1.ltos particulares al Iltmo. Sr. Obispo Huerta, siéndoles constante tambien_ que apen~s. lu desempeño; pero bnJO la cond1c1011 de hallarme sujeto á un método hin·iónico mui "d b cm adoso. Si á los sencillos debe- ~es de me1·0 Canónigo, agregase las a~·duas tareas del Gobierno Eclesiástico, y m_ucho mas nr<l uas en la época cala:,mtosa que atravesamos, temo mu~ fund~damente qLrn se incre1:1ent~rian mis_ma1es y quizú lwsta Lin e.:; ,,rcmo peh;;ro::;o. P.uno.-Nos D. José Dionisio Huer- rio episcopal y Canónigo honorario DiosguardeáUS.-S. G. E . y P. t D t s d T 1 · de es_ta Santa Igles1·a Catedral, con Mi · a, oc or en agra a eo ogia, - ariano Ra1nos.-(Firmado.) Leyes y Santos Cánones, Abogado el obJ~to de prestar el juramento Vi?ariato GenP-ral encargado del Gobierno Eclesiástico y Provisoria de la Díocesis.-Puno, Mayo 9 de 1870; ' En fOnsideracion á las causales es~1:1eslas en el presente oficio; adm1tlmos la renuncia que el Canónigo lJr. D. Mariano Ramos, hace . d~l detecho que, en casos dados, tema para sucederno~ en el cargo de Gobet ador Eclesiástico de esta Diócesis. -Hágásele saber y tomese razon.-vosé JJionisi·o Huer ta .-(Firmado.) Por piandalo de S. S. el Sr. Vicario General encargado del Gobiern? Eclesiaslico y Provisoria de la Diócesis. - Francisco Jluiz-(Secretario.) Reg str6se á fojas 338 del libro de de ·etos-José R. Candela.- (Oficia 2.º) En uno, y á horas dos de la tarde hoi diez de Mayo del año que e sa: yo el oficial 1 . º de la Secre tari del Gobierno Elesiástico de la Diócesis, hice saber al Sr. Canónigo Dr. D. Mariano Ramos en su persona, el superior auto precedente: de cuyo tenor quedo enterado, y fumó conmigo: de que certifico.- }fariano llamos.-(Firmado.)- Manuel T. Vargas.-(O.ficial 1.º) REPúnucA PERUANA. - Vicari·ato. General Encargado del Gobier· no Bclesiásti"c0 v Prom·sor1:a de la JJüJcesis de Pmw ,-Puno, Mayo 2o de 1870. Al Señor Gobernador Ecfosiáslico de la Diócesis. S. G. E. Causas que US. no ignora, me impelen en el momento á dejar esta Capital para constituirme en Lima a donde soy conducido á ponerme, segun se dice, á derecho. Este motivo y la renuncia que del Gobierno Eclesiástico ha hecho el señor Canónigo Dr. Don Mariano Ramos, me ponen en la imp1·esciudible necesidad de aprovechar, en beneficio de la Diócesis, de los pocos instan les de que puedo disponer haciendo uso de la facultad que me tiene concedida nuestro Iltmo. v Digno Prelado. ·En virtud de eli~ tengo á bien nombrar á US. Gobernador Eclesiástico de la Diócesis, cuyo título en forma le adjunto á este oficio, esperando que, en prueba de aeep lar el cargo, puesto que no le será admitida escusa alguna; se presente ante Nos en el acto de ~·ecibirle con el ohJBto de prestar el Juramento respectivo y con el fin de asegurarme US. que en el desempeño ele dicho cargo se portará con mrucl Lino y acierto que Dios conde los Juzgados y Tribunales de Ja prescrito para obtener el cargo de República, Examinador Sinodal del Gobernador Eclesiástico, que por teObispado, Dignidad de Dean del Ca· ner que salir violentamente de esta bil~o Eclesiástico, Proyisor y Vi- Capital le confiero, procedi á recicar10 General encargado del Gobier. birle el referido jura,mento, segun no de, esta Diócesis de Puno por el fórmula acostumbrada. Y para consIlLmo. y Reverendísimo Sr. Obispo tancia doy el presente, que firmo: Dr. D. Juan Ambrosio Huerta: fecha ut supra, de que certifico.- Por cuanto: se hace necesario a- Josl JJioni'si·o Húerta.-(Firmado.) tender á la Diocesis en la situacion -Es copia fiel-José R. Candela. presente en que, teniendo yo que -Oficial 2. º partir de esta Capital para la Ciudad. de Lima, pudiera quedar en acefalía a consecuencia de la renuncja que ha hecho el Sr. Canónigo Ramos, quien debia sucederme; y en uso de la facultad que nos tiene concedida el Iltmo. y Dignísimo Señor Obispo de la Diócesis fü. D. Jum Ambrosio Huerta en su comunicacion datada en Roma con fecha 11 de Febrero del año en curso; y persuadidos de la probidad, prudencia y fidelidad que concurren en Vos, Presbítero Don Francisco Ruiz, Canónigo Honorario y Secretario Episcopal de la Diócesis, os nombramos por Gobernador Eclesiastico de este Obispado; y os damos poder y comÍGÍon bastante, para que por el tiempo que fuere de n?estra voluntad podais ejercer dicho cargo y conozcais en todo lo que .han conocido los que le han obtemdo y por uso ó costumbre les han pertenecido. Ademas os conferimos la facultad de citar in-· hibir, excomulgar y absolver' con todo lo que ampliamente os concede el derecho. Y mandamos seais habido y tenido por tal Gobernador Eclesiásticoy se os guarden las honras y preeminencias que se os deben guardar y han guardado á vuestros antecesores en dicho oficio; y que antes que empeceis á usar. de él, hagais ante Nos el juramento de fidelidad acostumbrado. En testimonio os mandamos dar y d:iruos las presentes, firmadas de nuestra mano, selladas con el sello de la Diócesis-:¡ refrendac~as por el infrascriplo No~ar10, en la Cmdad de Puno á los v~inte y seis días del mes de Mayo del ano del Señor, de mil ochocientos setenta.-Jose .Di·oni"sio Hite'lta - ' (Firmado.)-(Lugar del sello.) · Por mandato del V. S. D., Provisor y Vicario General encaraado del Gobierno Eclesiástico de la c-Diócesis.-AngeZ Bctsques.-,(Notario Mayor.) Registróse á fojas 54 del libro respectivo.-José R. Candela.- (Oficial-2.º) S. S. el Provisor y Vicario General encargado del Gobierno Eclesiástico de esta Diocesis expide título de Gobernador Eclesiástico de la misma, á favor de D. Francisco Ruiz.-:- (Una Rúbrica.) El infrascrito Vi cario General enCorrespondencia efl\peclal de , 0 L.o4. IGLESIA PU~E~A,. Señor Director: cumpliendo la pro.. mesa que tenemos hecha á los lectores de «La Iglesia Puneña», comenzamos hoi á insertar en nuestra correspondencia las interesantes noticias tomadas del «Eco de Roma» y precedidas del interesante artículo con que dan principio á su seccion noticiosa los respetables editores de esta importantísima revista. Los suscritores de •La Iglesia Puneña» no tendrán, por cierto, motivo de queja por el ventajoso cambio con que hoi les Qbsequiamos, pues no podíamos pretender siquiera, com• parar nuestra mal cortada pluma, con aquellas que producen escritos tales como el que verán nuestros lectores á continuacion. CRÓ:NICA. CONTEMPOR•.\.:NEA, En rigor, Jo que esta seccion de nuestra Revi5ta babia de contener hoi, forma la mayor parte de la materia del presente número, que, como habrá visto al llegar aquí el lector, no es casi todo el, sino un resumen general de cuanto ha de servir de fundamento á nuestras tareas ulteriores. Débemos ·· sin embargo decirle el objeto específico que nos proponemos tratar de ordinario bajo la denominaciou de •Cronica contemporánea.• Ya lo hemos dicho: Roma es e] cen• tro del movimiento relijioso universal: puesta en , medio del orbe como signo perpetuo de amor indomuble y de odio inextinguible, de ella parte y á ella refluye la vi<ln entera del espíritu humano en su órbita mas elevada, es decir, en sus relaciones con Dios, Autor, r.ejislador y Juez Supremo de las alnrn5. Roma es la estrella polar que seña• Ja a los hombres de todo lugar y de todo tiempo, el rumbo hácia la mansion eterua en donde ya no hai ni tiem.. po ni espacio, y por eso cabalmente le está conferida la judicatura suprema para declarar con fallo inapelable lo que en todo lugar y tiempo nos conduce á ese último fin ó nos aparta de él. Por eso cabalmente es tambien norte fijo de cuantos aman el recto sendero, y piedra de escándalo para los que ignoran si tal sendero existe, para los que lo dudan y para los que presumen hallarle por sí mismos. Y hé aquí como la historia entera del universo há ya diez y nueva siglos, no -viene á ser en suma, sino las serie de

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