.A~o l. o .,, · · e NuM. 10· _P_n no' Oetu_bre 9 de l~~!.u.im+!ii'll?i◄•· ••-zsm..:tmr:ai,...,.a1m, au•■aaaiam:amnnm~ iiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiilil LA IG.. E:SIA PUNENA. PERTODfCO -{ ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO ECLESIASTICO DE ESTA DIOCESIS. ~ SEMANAL P1tno; 7 de Octubre de 1860. Nuestros iectores eri.con tradn en la seccion correspondiente las notas cambiadas entre S. S. I. y el Senot· Prefecto del Depal'tamento, sobre cuyos documentos nos permitimoi:; hacer ligeras considera.. ciones. El oficio del Secretario del Cultó tras .. crito por el Señor Prefecto en su nota referida SE, reduce á amenazar á los Ilustrísimos Señores Obispos con la suspension de temporalidades, para el no dudoso ca.so de que µrocedan á éjecutar la bula Quanta Cura, sin recabar previamente el pase del Gobierno, y sin que esto ob -:i te el que se les someta á, juicio por el supuesto delito de desconocimiento del patro.. nato mtciona 1. Muy sensible' es que el Secretario del Culto haya hecho descender. tanto al Gohier-no á quien pertenece é inferido tamafio ultrage al ilustre episcopado peruano, empleando el ridículo e ineficaz me<lio de la suspension dé temporalidades. · gn todo caso; y concedi endo al Gobierno el tlere1.;ho que por nin~uq. título le compete de enceHa.r en _ las arcas naciona.:. 1es la renta que coi110 una justa indemnizacion obla á los SS. Obispos ha poc!ido ejecutarto, pero nunca consignar tan indigna ::imenaia er1 unu noUL dfwial. Al proceder asi, y ateniendonos al tenor de su oficio ha querido conminarlos, pues conminatot·ia y no otro nombre puede recibir· la amenaza á que se reduce la nota que nos ocupa, y si ta1 no ha sido su intencion.1 necesario es confesar que su pluma lo ha traicíonado. Como quiera que sea., y no tocandouos juzgar de las intenciones del hombre público sino atehernós a la lbtra de sus oficios, no podémos menos que lamentarnos de la aberracion en que ha incunido el Secretario del Culto al emplear una medida que no estaba á la altura del mal que se proponía remediar y que manifiesta por lo menos la presunciou que lo acompañaba de ha.;. cer prevarical' á los Pastores de la Iglesia peruana por el dinero, comprando asi su infidencia con el oro. Mucha razon tiene pueg nuestro Reverendo Prelado al tevela1·se herido hondamente en su dig íiidad, y al demostrar la ineficacia de una aI11enaza que para deshonor de nuestro país ha sido consignada en un documento oficial y suscrita por el que maneja la cartera del Culto . Si ridícula es la medida de las suspension de temporalidades, atentatoria a l~ sagrada inmunidad de los Obiipos lo es la del juieio coil que se pretende aterrnrlos. Apenas podemos concebir que un Gobierno que por el heeho de presidi1• una nacion católica debe anima?·se del espíritu del Catolicismo y conformar sus actus á las leyes canónieas pretenda obse1·v¡11• una conducta explicable no en ún Poder que profesa la, religion católica, ~ro no eh el nuestro que nece.:. sita ponerse en consonancia con las creencias tlacional e8 . ¿Ea qué pues fündar:t el Sr. Secl'etal'io del Culto su peregrina pretension de enjui- , ciar a los Ob ispo de su pat1·ia? ¿En lns le ves ean611i cas que, son ley del E~tado y que ternlina.nternente se lo prohiben? ¿En la razon y el buen sentido cuyo inexorable fallo le es adverso? ¿ Eu la voluntad de los pueblos que ta.u unanirn emente le contradicen? Y ¿a este sit;tenia de op1;esÍ0Ii a. la Iglesia, j"' a esta gue1Ta tan mal encubierta que se le hace se tiene la grncia de llamar,-patronato nacional? Que cierto - es Jo que dice S. S. I. que solo por Utl abuso de le~1guaje puede emplearse tal expresion para de~ignai· precisamente la antltesis de lo que ella natuealmente sig11ifica, Y h; qtte tan-to defienden el derecho ele los Gobiernos para dar el pase á los dec retos conciliares de la Santa Sede, t)or una eBpantosa contra.diccion, son los primerns en r eplltae como una, tiránica mectida, ]a cebsura previa, y aplauden la introduccion de librds sin necesidad dE; exeqitatw·, en 1os que pretendidos sabios encuentrnn errMes que aceptan corno in. concusas verdades, y merced a los cuales mas de un corazon se corrompe bebiendo áYido el mortífero veneno que sns pJgina~ destilan. Basta, preciso no es contener nuestra plum:J, que se desvía veloz, traduciendo el sihnúrnero de razones que demuestran la justicia que acompaña J la Iglesia <lel Perú en este conflicto que ella no ha suscitado, y terminamos halagados con la consideracion del copioso fruto que 1a Diócesis comienza á recojer, á con..: secuencia del Santo jubileo iniciado el primero de este mes, por nuestro Ilmo. Prelado¡ E .E. SECCION OFICIAL. Rez;ública P erudna-Pr6f ectura y Comandancia General del Departamento ile Puno- á 29 de Setiembre de 1865. Al ilmo-Señor Obispo de la Diócesis. llustrísinio Señor. El Señor Secretario de Justicia, Instruccion, Culto y Beneficencia, me dice en oficio de 11 del actual, lo que sigue. "Cuando en 7 del corriente se trataba de llevar á efecto en e~ta Capital la Enciclica Quanta Gztra, sin el respectivo pase del Gobierno, S. E. previno al M. R. Metropolitano, que si o~edia, se suspend.erian en s t\emporalidades , sin pei:juidemás medidas por el desoto del Patronato nacional. l Bula se ejecutó de hecho y S. E. va á proceder en el sentido q.e su prevencion.-Como antes de que se iniciará la cuestion que se ha 1\ ' '• ventUa<lo á este respecto, se aseguró que el d ui Reverendo Metropolitano habia remitido su Edicto y Circular á los R. R. Obispos de las Diócesis para que ejecutarnn dicha Enciclica; prevengo á U8. -de ór<len de S. E. que si al recibo de esta cornunicacion aun no se ha principiado á llevará efecto la Bula y los Prelados se preparan á ejecutarla, les haga en tender US. que deben abstenerse de proce~ der, mientras no se manifi este el pase del Gabierno y que el efecto inmediato del <lesconocimiento <lel Patr11nato Nacional será la suspensi01 de las temporalidades, sin perju-~io del sometimiento á juicio por la ejecucion. Pero si al rec_ibo de estafa hán procedido (lo que no es <le0sper:i.:rse desde que US. conoce 1~ obligacion que le impone el artirctlo 51 de la ley de 17 de Enerd dP 1857) se procederá solo al juicio respectivo sin interrumpir el jubileo, para lo qne el Ministerio fis - cal habrl recibi<lo las instrucciones a~l caso.~ US. dictará las 6rd:m e" análogas con sus sublaternos para los Pártocos que observasen igual procedimiento·" Que trascribo á US· Ilustrísima para su conocimiento y fines consiguientes. Dios guarde á f!.S.L-Hipóúw Valdéz.
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