La Iglesia puneña : órgano del gobierno ecleseástico de esta diocesis/Título posterior : La Iglesia Puneña periódico semanal. órgano ofial del gobierno eclesiástico de la diocesis(desde N°37)/Título posterior: La Iglesia puneña: publicación eventual. órgano de dcoumentos, doctria y hechos (desde n°180) - Año Nº1-18,/Nº19 Ene 12/Año 2-Nº2/Año 1,Nº3/Año II-Nº 23-51/Año III Nº52-79/AñoIV Nº 80-99/100-116/ Año V-117-136/Año VI 137-148/Año VI Nº149-172/Año VII-Nº175-184

AÑO IV. PUNO, ~OVIEMBRE 6 DE 1869. Nº 98. € tt :~~~: J gl C5 i CHILE .. C_ÜIARA DE DIPUTADO:,. DISCURSO prortimciado por el Sr. Ci - fuentes (D. Abdon) en la súion nocturna del 16 de A.gasto ultimo, con moti- "º del proyecto presentado 1Jctra proporcionarles u los señores Obi'spos de la Republica hermana, los subsidios necesarios para su viaJC é instaiacion en la Ciudad Santa) con motivo de la convocatoria por el Santo Padre, para el Concilio Ecumenico> el que debera tener Lugar el 8 de Diciembre próximo. He aqui el discurso: En el asunto que se discute han aparecido envueltas dos cuestiones: una cuestion moral y una cuestion económica; una cuestion de principios y una cuestion de dinero. Ésta, que era la ,·erdadera y unica cuestion, casi ha desaparecido en presencia de la primera, que nadie sospechaba se trajese al terreno del debate; pero que no por eso la esquivo ni la rehuyo por mi parte. La acepto. El honora Lle Diputado por la Serena dijo: «Yo creía que el proyecto del Gobierno seria aprobado; pero ~reia tambien q~e nunca llegaria n uemostrarse su juiticia. » No abrigo la preteusiosa esperanza de llegar a persuadir á w setloría; pero sí, tengo la seguridad de probar la justicia de ese proyecto hasta la evidencia, hasta la.saciedad. El sucesor de Pedro llama á noma á sus hermanos cu el c8piscopado, para discutir en comun los intereses de la religion confiada á sus desvelos. los Obispos chilenos determinan responder al llamado del ·Pastor supremo; pero son pobre:;, y para irá noma dci:;de un confin del mundo, sus recursos no alcanzan para sustentar una mediana dc- -cencia. ¿Qué hacer? ¿Mendigar esos recursos? El Gobierno, considerando que eso no era, propio ni justo, se mallifiesta dispuesto á conceder un escaso anxilio para subvenir a esta necesidad extraordinaria. La creencia y la asociacion católicas son en el pais hechos incontrovertiblcs, intereses sociales de primer orden. Rcconociéridolos, procuraudole los medios de vivir y de atender á sus necesidndes, el l::stado no hada mas, ni el Gobierno hace mas, que rendir el debido homenaje á su importancia natural, y reconocerles en el orden social un puesto qnc les pertenece. Esta sola consideracion, desenvuelta con tanto lucimiento por el Sr. l\liuistro del Culto, bastaria para justificar el proyecto del Ejecutivo. PERIODICO SEMANAL. ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO ECLES!ASTICO DE LA DIOCESIS, rero dar cinco mil pesos a los Obispos es una enormidad que ha llevado la njitncion y la alarma al espiritu de algunos seüores Diputados, adversarios reconocidos de la Iglesia. ¿Cómo dar dinero, dicen, á esos empleados que determ.inan ausentarse sin pedir ni obtener ántes el permiso del Gobierno, a empleados que así hacen gala de atropellar las prerogativas de nuestras autoridades? Y hé aquí como una lamentable confusion de ideas, un olvido, mas lamentable todavía, de lo que todos sabemos, encuentran su nsieuto y una pomposa acojida en este recinto. ¿Quién ignora que las bulas de iustitucion de nuestros Obispos contienen la clausula espresa, que los OIJispos juran observar, de asistir á los Concilios cuando sean llamados? ¿Quién ignora que el Gobierno ha concedido el pase á esas bulas y por consiguiente, que el consentimiento del Gobierno que se invoca, si fuera necesario habria ya sido concedido y otorgado? los adversarios del proyecto ignoraban esto. Pero~ habla de empleado~ y aquí necesito aclarar ideas que se confunden de una manera lastimosa. Los funcionarios e~lesiásticos son empleados públicos, es cierto, en cuanto sir- ,·en al público, en cuanto desempeñan fonci011es públicas, en cuanto son remunerados por el público; y en este senti1lo cle~ia muí bien el honorable selior Reyes: los Obispos, al asistir al Concilio no hacen mas que desempeñar una de tantas funciones de su ministerio; por derecho y por deber asisten al Concilio, como por derecho y por deber confirman, ordenan y consagran. Pero no son empleados publicas, si con csLls palabras se quiere significar lo que realmente se ha significado: que son funcionarios del Gobierno civíl, al cual deban estar sujetos. Y no lo son; primeramente, porque no son nombrados por el GoLieroo sino por la Iglesia; en seguudo lugar, porque no dependen del Estado sino de la Iglesia; en seguida, porque no son remunerados por el Gobierno sino por la Iglesia, que impone á los fieles esa obligacion; y finalmente, porque no sir\'en directamente á los Gobiernos ni á las necesidades temporales del hombre, sino á la lglesia y á las necesidades· espirituales de los fieles. l\o son, pues, empleados públicos en el sentido que se ha dndo á entender, ni por su origen, 1ii p0r su dependencia, ni por su objeto, ni por la naturaleza de las funciones que desempeñan. EL Gobierno civil en virtud del patronato interviene en el nombramiento de los Obispos, por medio de la preseotacion, de la misma manera que interviene en el nombramiento de los párrocos por medio de la aceptacion. Pero asi como á nadie se ha . ocurrido jamás que para dejar temporal ó perpetuamente sus curatos, tengan los parrocos qne obtener ántes el permiso del Gobierno, así los Obispos para abandonar temporal ó perpetuamente sus Diócesis, para ausentarse de su puesto ó renunciar á él, jamás piden á nuestro Gobierno, ni necesitan otrn consentimiento que el de los legítimos pastores de la Iglesia. Los que hacen profesion de liberalismo anticristiano, quisieran que esos pastores no tuviesen ni siquiera la libertad de acudir al · llamado del Vicario de Cristo, de discutir con él las necesidades de la religíon sin el permi30 de los Gobiernos, convertidos así en árbitros y verdaderos soberanos de los destinos de la Iglesia. Si las pasiones de los hombres y las potestades de la tierra se conjuran contra ella, ella no puede atender á su defensa sin el prévio consentimiento del pretorio. Si en los grandes problemas que ajitan convulsivamente á las soci~ .- dades, los fieles le piden luz pnra su intelijencia y paz para sus conciencias perturbadas, ella no puede dar esa luz ni esa paz a los suyos, sin el prévio permiso <lel amo y sefior. füen se ve que el liberalismo anticristiano disputa al cesarismo pagano la dependeucia de la Iglesia, corno la posesion de una hermosa esclava. Bien se ve que uno y otro quisieran poner el delicado y formidable imperio de las conciencias á las órdenes de aquellos que tienen el cetro, el dinero y las lejiones; bien se ve que uno y otro van á la fórmula mas completa del despotismo mas absolÚto. Afortunadamente para la libertad del hombre y de los pueblos, no son los Gobiernos los que han fundado á la lglesia Católica; afortunadamente para la libertad del hombre y de los pueLlos, esa Jglesia no depende de ellos, ni pertenece á ellos, ni emana de ellos, sino de Dios. Los tiranos, ya se liamen césares ó demagogos, la han perseguido y martirizado muchas veces; pero ella en su caridad y en su paciencia, pol' toda venganza, rogando en el martirio por sus verdugos, ha rejenerado a los pueblos y a los Gobiernos. Los Obispos, al coucurrir nl Co11cilio, no hacen mns que dar cumplirnien·• to ú un deber sagrado, á un deber que especial y espresameute juraron cumplir al tiempo de ser investidos de la dignidad episcopal. Esta obligacion que en nada se opone á los derechos y a los fines naturales de la sociedad civil, es una obligacion cuyo cumplimiento no puede depcuder de la buena o mala voluntad de ningun poder estra110 al que la impuso. El Gobierno que se opusiese á ella seria tan abusivo y tiránico, como el que impidiese al padre alimentar ó amonestar a su hijo; como el que impidiese á un católico el derecho de recibir del sacerdote la absolucion de sus culpas; porque estos derechos y estas obligaciones en nada se oponen á los derechos y fines naturales de la sociedad civíl, coexisten con ella, pero estan fuera del alcance de sus atribucioues. J,a libertad de concurrir al Concilio no puede ser coartada, sea que · se considere el juramento prestado, la obligacion contraida por los Obispos, sea que se consideren los derechos de la sociedad chilena. Esta libertad corresponde al derecho que los fieles tienen de ver sus intereses comunes, maduramente discutidos y resueltos en comun por sus pastores. El Gobierno de un Estado cristiano que entrabase el libre ejercicio de ese derecho de la . Iglesia, que es al mismo tiempo el derecho de la co'munidad cristiana, seria culpable de violacion de uno de los mas preciosos derechos de esa comunidad, y digo de sus mas preciosos derechos, porque se relacionan con sus mas graves intereses morales. Pero se ha dicho: ¿Qué tenemos que ver con el Concilio? Nosotros discu.timos el asunto no como católicos ni protestantes, lo discutimos como Diputados. Si fuéramos judios comprendería la t)regunta; entónces tendriamos que ver con la Sinagoga y no con el Concilio. Pero representantes de los derechos y de los intereses de un pueblo católico, debemos concurrir al ¡¡;. bre ejercicio de los primeros y al cumpli<l.o servicio de los segundos. Eso es lo que nosotros Diputados tenemos que ver con el Concilio. Preguntar qué tenemos que ver con el Concilio, es preguntar: ¿qué tiene ·que ver nuestro pais con la moral y la civilizacion católica; que tiene que ver nuestro país con 1a relijion que el profesa, con una á la cual los pueblos cristianos deben su primera educacion y su civilizacion actual? ¡Efectivamente! ¡Qué tenemos que ver, nosotros, simples mortales, que buscamos con ánsia un poco de felicidad sobre la tierra, con .una relijion que tiene consuelos para todos los dolores, alegrías para todas las tristezas, remedio para todos los infortunios!! Sintiéndose perdido en el terreno del derecho, el honorable señor Lastarria acudió al hecho, apeló á la historia, y la historia lo condenó como lo había condenado la razon. «Citad me un solo Concilio, dijo en tono de triunfo, al cual no hayan concurrido los soueraoos lcn1 ¡iondes. ~ -Desde luego el de

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