La Iglesia puneña : órgano del gobierno ecleseástico de esta diocesis/Título posterior : La Iglesia Puneña periódico semanal. órgano ofial del gobierno eclesiástico de la diocesis(desde N°37)/Título posterior: La Iglesia puneña: publicación eventual. órgano de dcoumentos, doctria y hechos (desde n°180) - Año Nº1-18,/Nº19 Ene 12/Año 2-Nº2/Año 1,Nº3/Año II-Nº 23-51/Año III Nº52-79/AñoIV Nº 80-99/100-116/ Año V-117-136/Año VI 137-148/Año VI Nº149-172/Año VII-Nº175-184

N ANO IV. SECCION- OFICIAL l'llo!II, el Docto1• Don Jtuun _AiJr.dbli'@f§IIO Huerta, pol' la g1•ada de ~Ho© y de la Santa See:le Apoi~rió~ic.i. @· hispe de Pu.no, eac. Por cuanto: segun nuestl'o Edicto de fecha 1. 0 del mes de Julio del aüo del Se1lor de 1867, ofrecimos dar todosios programas necesarios, para los cxamenes de los Parrocos, Confesores, Predicadores y ordenandos. Por las razones que _entónces alegamos, habiendo publicado doR de ellos, ahora que por el favor de nuest1·0 buen Dios hemos tenido algun tiempo espedi to para llevar á cabo est~· nucs~ro intento, venimos en publicar, como desde luego pnblíc~- mos, los programas por los que serán examinados los que sohciten licencia p·ara celebrar y los que debnn ejercer la cura de almas. Queda pues, desde esta fecha, prohibido el otorgamiento de licencias sin pr~vio c:xámen, pura fo oolohrooion d.ol santo sacrificio, así como el desempeño del cargo pastoral, sin preYio exümen Sínodal. Dado eu nuestro palaeio episcopal de San Carlos de Puno, tirmudo por .uuestra mano, sellado con el sello de nue1L trns armas, y refrend,!do por nueslro infrasuito Secretario de Cámnrn y Go- . bierno, l\ 23 del·mes de Juuio del afio del Señor de 1869. JUA:N A~íBR03fO. Obispo de Puno.-(¡1nnado) Por mandato de S. S. Iltma. el oLispo mi Señor. l •'nA?WISCO RL"IZ. Secretario :-firmado. Programa pa1•a 81H~ei-doíe~ que e:l!Ds han obtener ficeuc!al§ d.e cele.t>1.·.iu.•. 1. º-Idea de Liturgin y de Rúbricus. 2. 0-Valor moral de lns decisiones de la sagrada congregucion de ritos, iden de esta congrcgacion. 3. º-Necesidad, bajo pecado, de estudiar las Rúbrica~, y de conocer por lo menos la Litt1rgia. 4. 0-Idea del santo sacrificio de la misa. Sus fases diversas. Pruebas . 5. 0-Qnién'es pueden ofrecerle y con qué disposiciones. 6. º-Deber de cel elm1r la misa: cuando urje en conciencia. 7. 0-Aplicacion de la misa, frutos de ella. Cual es el aplicable. 8. º-Estipendio ¿Puede considerarse como paga? 9.0 -Nitmero maximun de misas que pueden recibirse juntas, sin gravar la con~iencia. Tiempo en que deban decirse. l 0.-Horas en que puede celebrarse lícitamente. Horas vedadas. PUNO, JUNIO 25 DE f 869. un PERIODICO SEMANAL• USA tjz " . _. ...... , ~ ... :., WEE21&S.~ ORGANO OFUJIAL DEL GOBIERNO ECLESiASTICO DE LA DIOCESIS. 1 1.-Prepnrncion remota y próxima para celebrar. 12.-¿Se puede prescindir, sin pecado, de estr.s prepnraciones? 13.-Ornnmentos sagrados indi::pensaLlcs prra celebrar. 11¡.-Vasos sngrados, su uso en la mis;. 15.-Útiles de altar necesarios para el sacriíko. 1 ú.-Color <le los ornamentos: medio <le saber el que convenga para la celebraeion . 17 .-Cnalitfades de los ornamentos segun JasRübricas. 18 . -¿Ser4 l1cito á un sacerdote -celeurar sin los utiles mandados· por lasagradn congrcgacíon, ó con ellos, pero sin lt:s cuulidades y coudiciones que dicha congregacion exije? 19.-Tiempo mi11immn que puede emplearse ul celebrar. 20.-Los mementos ¿pueden' hacerse ántes del acto de la celebracion? 21.-¿Qué intcncion se necesita pnra cekhrnr debidamente el santo sucn:r ¡r ·r 22.-t& t.1bS(;1ut..,i,entc necesorio ei estado de grucia para celebrnr el Fr.uto sacrificio de In misn. .Ilccur• so que se pue<le emplenr, solo en caso de imposíbilidnd estrenrn. n.-¿Cuál de loB frutos de la misa invalida el sncenlctc que celebra en pccndo? ¿Lo in valida en 1o absoluto? 2 í .-Orden que deben observar los sacerdotes nl rev€stirse con los ornnmentas sagrados . Ornciones pnrticulares para cada· uno de ellos. '25,-Ceremonias al salir de la sac ristía en el tránsito y al ingreso al alta r segun las circunstancias especiales que puedan ocurrir. 2G.-Principío de la misa. Rúbricas del caso, 27 .-Ritos dh'ersos de In 'miso. 28.-El Glorín y el Credo ¿se deben recitar en todas lns misas? 29.-Rubr.icas que deben observa rse husta el ofertorio. 3C.-El Prefacio. Su variacion segun las festividades. i l .-Rúbricas, hasta el Post commimio. :~~--El úe missa esl ¿cuando y con que debe sustituirse? 33.-Útimo Evanjelio. ¿Cual debe ser? :34 .-Preparaciones para la misa cantada. 35.-¿Son absolutamente necesarios los Diáconos para las misas cantadas? 36.-¿Se observan siempre las mismas ceremonias en la misa cantada con .Diaconos, qu·e sin ellos? 37 .-En caso de necesidad ¿pueden funcionar como subdiáconos algunos ministros inferiores? ¿cuándo existirá esa necesidad? y dado ese caso, ¿como funci.onarán? 38.-Ceremonias particulares del sacerdote en la misa cantudn. 39.-Funciones del Diácono. 40.-Fúnciones de1' Subdiácono. 41.-Rúbricns relatirns a la misa con el Santisimo espuesto, á la de Reqi¿iern, y á la Votíva. 42.-Ceremonia para cuando el sacerdote celebra delante de su Obispo. 43 .-La celebraeion de la misa, tiin el conocimiento previo del sentido espiritual de sus ceremonias, perdiendo gran parte de su importancia para el sacerdote, le priva por esto mismo de celebrarla con el debido rccojimiento. 4 ti .-Significado espiritual de cadn una de la~ ceremonias de la misa. 45.-Accion <le gracias: su necesidad y utilidad. 4G.-Es conveniente llevar un apunte de las misas recibidas y de su aplicacion. 47 .-Obligacion de repasar cada afio las rúbricas de la misa, por lo menos una vez . 4q.-Las Rúbricas autorizadas-por In Iglesia para la celebracion del divino sacrificio son las del misal. 1D. -¿Puede alguna vez discrepar la misa, drl oficio que se ha rezado? 50:-Cclebrando en iglesia en la que se profese otro Rito, ó se rece á otro santo, ó festividad diversa de la que el sacerdote ha rezado ¿qué deberá hacer? (Conclusion .) x. c,L~ Iglesi~ esLá en el Estado y no vice-versa.>) -Esta proposicion es, sino herética, por lo menos sospechosa de herejía, de or1gen netamente protestante, y por lo mismo absurda. Con efecto, la proposicion solo admite dos sentidos: 1. º-La congregacion de todos los fieles del orbe, que profesan una misma fé, que aceptan y reciben un os mismos sacramentos, y que -se hallan some- ~idos _á .sus lejitimos pastores, cuyo Jefe visible es el Romano Pontífice: esLa congregacion, repetimos, com-. puesta de mas de dosciantos millones de individuos, se halla en el Estado, es decir, en cada Estado particular; porque no conocemos un Estado universal que absorba á la humanidad entera. 2.º-La reunion parcial de individuos que profesan la doctrina católica y que form_an lo que en lenguaje canónico se llama Iglesia partícular, se encuentra en el Estado . ' Y. se encuentra bajo el punto de vista de_ s~ d?ctrina, de sus leyes y ~e su disciplma; es decir en el sentid? en crue dichas iglesias se relacionan con la Iglesi·a Universal para formar un todo compacto un; sola sociedad. ' Ambas suposiciones entrañan est~ principio: «el Primado Pontifi.- c10, 6 sea la superioridad de honor Y de jurisdiccion, que el Romano Pon tíf:i.ce ejerce sobre los Pastores y los fi.ele~ importa una usurpacion á los G:obiernos.>) Luego el Primado no es de derecho divino, lnego son falsos los textos evangélicos:-T-u 1s Petrus, et sitper lianc petrarn. -:13di.ficabo Eeclesümi menm, d portm . injeri non prmvalebu%C adversús eam: Tú eres PedN, y sobre esta _piedra edificaré .zílÍ Iglesia, y las · [puertas del initerno no prevalecerán .. 1ontra ella. Pasee agnos rneos: AJ_;_.>acient~ mis corderos. Pasee oves ..: t11-Ba."•· Apacienta mis ovejas. Quod- . cumqiie ligave1·is supe1· terrarn, fYti·t ligatum et in C(Elis: et quodcumque solve1·is sitper terram, eri't soluturn et in ecelis: Todo lo que ligares sobre la tierra~ ligado s-erá en los cielos: y lodo lo que desatares sobre la tierra, será tambien desalado en los cielos. Et tu aliquando conversus con.firma jratres tuos: Y tu, una vez convertido, confirma á tus hermanos. ¿Y no es cierto que cuando una proposicion afecta indirectamente á principios revelados, si no es heretica, debe ser tachada por lo menos como sospechosa de here~ jia? Entremos en materia. XI. La Iglesia Católica en los prime.: ros siglos vivió perseguida por el Estado, pero conservando su libertad e independencia: las catacumbas no fueron su sepulcro sino su cuna; si Constantino la colocó sobre el trono, si la concedio prerogativas y derechos, éstos fueron puramente polHicos, que debían producir, como en efecto produjeron, la salud de los .pueblos, el reinado de la civilizacion, el desarrollo de la ciencia, en una palabra, el progreso verdadero; hasta aquí la Iglesia no se hallaba en el Estado; mas bien podria decirse que el Estado buscaba el amparo y la proteccion de la Iglesia. · XII. Los bárbaros del Norte invadieron la Europa: y ¿quién la salvó de es~ te cataclismo? ¿Quién suavi2ó las salvajes costumbres de los God~s ,

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