tra. mano, sellado con el sello de nuestras armas, y refrendado por nuestro infrascrito Prosecretario de O:fmara y G~- bierno á los 8 dias del mes de Mayo del afio del Señor de 1866. JU .A.N ÁMBROSIO Obispo de Puno. (Firmado.) Por mandato de S. S. I. el Obispo, mi Sefi.or. Felipe A. de Pifrola Prosecretario (Firmado.) CIRCULAR N. s. D i6cesis de Pitno-Secretaría EpiscopalP·uno i 18 de Ma1/o de 1866. Al Señor Vicario Foraneo de la Provincia de ..... . S. V. F. T engo la honrosa satisfaccion de remitít á U. S, dos edictos, uno por el que S. S. I. ha ordena.do se celebren conferencias por los eclesiásticos todos de esta Di 6cesis, y otro por el que dispone se cree un periódico 11eligioso, órgano oficial de este gobierno eclesiástico. Dios guarde á US. Felipe .A.. dé Piérola Prosecretario. (Firmado.) Nos, el Dr. D. Juan Ambrosio Huerta, por la gracia de Dios v de la Santa Sede Apostólica, Obispo de Puno. Por cuanto, por ordenacion del mismo Dios deben ser los sacerdotes, los maestros del pueblo, de cuyos labios recojan los fieles la doctrina de la verdadera ciencia, siendo esta una ohligacion tan indispensable en los ministros del santuario que el Espíritu Santo ha fulminado la terrible sentencia siguiente, contra los sacerdotes que descuiden tan sagrado deber: quia tu scientiam repulisti, repelani te,ne sacerdotio fungaris mihi.6 Estando, por otra parte, á lo dispuesto por los sagrados cánones que ordenan, bajo penas severísimas, el es tudio constante en los sacerdotes, muy particularmente de la Teologia Moral, pues son los padres de los fieles; debiendo Nos, por último dar cuenta á S. S. del estado de nuestra Iglesia, y estando dispuesto por el Concilio Romano, celebrado por el Señor Benedicto XIV de gloriosa recordacion, que uno de los puntos á los que debemos contraernos en LA IGLESIA PUNEílA. nuestra expocision sea, "si hemos organizado en nuestra Diócesis las conferencias de Teología Moral y de sagrados ritos: cuantas veces tienen lugar: quienes asisten: y que provecho se reporta de ellos." Hemos venido en ordenar lo siguiente: l. 0 Todos los sacerdotes de nuestra Diócesis estfo obligados á asistir á ]as conferencias edesiJsticas, en la forma y modo que mas adelante establecemos. 2. 0 Para asistir á dichas conferencias se prepararán oportunamente, con la lectura y estudio de las cuestiones que previamente se determinen. 3. 0 Están obligados á contestar á las preguntas que el presidente de la conferencia les hiciere, como igualmente á exponer el punto que se les indicase. 4. 0 Los Vicarios de provinci~, serán los presidentes de la conferencia que se organizará con los sacerdotes, que residentes en su respectiva provincia, solo disten cuatro leguas de la vicaria. 5. 0 Los <lemas pJrrocos se reunirán de dos en dos, ó de tres en tres, consultando la misma distancia, y bajo ]a presidencia del párroco mas antiguo entre ellos. 6. 0 Las conferencias tendrfo lugar cada quince cfrlS, por ahora, en la casa del que le presida, y durará dos horas por lo menos. 7. 0 Versará sobre tres temas: l. 0 , en punto de doctrina moral; 2. 0 un caso de conciencia an :.ílogo, y 3. 0 una parte de las rúbricas, que deberá resolverse, por aquel á quien tocase, de una manera prlictica. 8. 0 La materia de rúbricas comprenderá, no solo 1as del Santo sacrificio de la Misa, sino las del breviario con todos los casos prúcticos, que puedan ocurrir en una parroquia, ya sobre administracion de sacramentos, ya sobre ritos de la Iglesia, para tales ó cuales dias, etc. 9. ° Cada punto de los que se ocupa la conferencia, será expuesto por aquel, á quien le tocare !en suerte, 10. 0 El présidente está obligado á exponer el punto, cuando faltase número, asi como tiene la obligacion de ilustrar la materia, y de dirigir preguntas. 11. 0 Las onferencias eclesiásticas comenzarán- á tener lugar desde la L . ¡ primera quincena del mes de Julio. 12. 0 Los Vicarios de provincia quedan encargados de organizarlas, pasandonos un cuadro del número ·de ellos, de los individuos que los come ponen, y del lugar en que deben celebrarse. 13. ° Conferimos desde ahora a djcl1os SS. Vicarios nuestros plenos poderes, para que vigilen, por el exacto cumplimiento ele este nuestro edicto, dandonos cuenta trimestralmente de sus resultados. Dado , en nuestro palacio episcopal de San Carlos de Puno, firmado por nuestra mano, sellado con el sello de nuestras armas, y refrendado por nuestro infrascrito Prosecretario de Cámara y Gohierno á los 19 dias del ·mes de Mayo del año del Señor de 1866. J; AN AMBROSIO Obispo de Puno. [Firmado.] Por mandato de S. S. I. el Obispo, mi Señor. Felipe A. ile Piérola. Prosecretario, [Firmado] LIMA. (Correspondencia de "La Iglesia Puneña. ") Linia, .Agosto 12 de 1866. Seiíor Director, Doy principio al compromiso contraie do con U. dirijiendole la primera de mis correspondencias quincenales, y permitiendome 10gar á los suscriptores de su ilustrado perlódico que miren en los desaliiiaclos renglones que dirjjo á esa, mas bien el deseo de contribuir á la beneficiosa tarea que UU. se han impuesto, que la crnencia de hacerlo con el acierto que ella requiere, /y que yo desearía. Desde luego los primeros días de esta quincena fue11on ocupados desde el 27 hasta el 31 po los regocijos públicos con que la capital celebró el cuadragésimo sexto anivetsario de nuestra gloriosa emancipacioJpolítica y muy especialmente los últimos sucesos del inolvidable dos de Mayo. Escuso hacer á U- una relacion sucinta de las fiestas de este año por que los periódicQs que le remito han dicho ya lo bastante; pero debo llamar su a.. tencion muy especialmente sobre la manera con que el Jefe Supremo provisorio del Estado solemnizó el gran día del Perú. En efecto, el decreto de convoca. toria á elecciones, la, inversion de 2 mi--, llonfts de sole¡i, en obras públicas de co.:-:ía uno de los departamentos y seg11;n sus
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