Derecho Constitucional

del voto de censura, función de la cual está privado el Senado o Cámara Alta. Este modelo predomina en los regímenes parlamentarios (Gran Bretaña, Alemania, España, Japón, etcétera). A veces la segunda cámara puede asumir la mayoría o todas las funciones de colaboración con el Poder Ejecutivo atribuidas al Parlamento, como la ratificación de tratados y de secretarios (ministros) y altos funcionarios, como es el caso de Estados Unidos. 2.2.3. Unicameralismo Se originó en las constituciones revolucionarias de Francia, que establecieron un Parlamento unicameral denominado Asamblea Nacional Legislativa (1791) y Cuerpo Legislativo (1793). La dictadura de la Convención Nacional de 1792, desprestigió a la cámara única y para colocar un contrapeso, la Constitución de 1795 estableció dos cámaras, el Consejo de los Quinientos y el Consejo de los Ancianos. A favor del unicameralismo se argumenta la mayor rapidez para la expedición de las leyes, evitar la duplicidad de funciones y tareas entre las cámaras y el menor gasto que representa tener una sola cámara en lugar de dos15. En el Perú, la tradición antes de la actual constitución ha sido el bicameralismo, con excepción de los congresos unicamerales establecidos por las Constituciones de 1823 y 1867, los cuales no llegaron a elegirse al no llegar a regir efectivamente esas leyes fundamentales16; y la de 1826, que organizó un parlamento tricameral que tampoco llegó a establecerse17. Sin embargo, breves experiencias unicamerales tuvieron lugar bajo la Convención Nacional de 1855 a 1857; el Congreso Constituyente de 1931 a 1936, luego de aprobarse la Constitución de 1933; y el Congreso Constituyente Democrático de 1993 a 1995, después de sancionar la Constitución de 1993, que nos rige. Precisamente, esta última constitución ha establecido el régimen unicameral que existe desde 1995 y que no ha demostrado ser mejor que el bicameral, como lo atestiguan las evidentes deficiencias de la producción legislativa, la devaluación de la función de control y el alto grado de desconfianza de la opinión pública hacia esta institución. 3. PODER EJECUTIVO 3.1. Funciones 74

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