Derecho Constitucional

segunda cámara como «cámara de enfriamiento», encargada de moderar los arrestos de la cámara joven. Sin embargo, para evitar la duplicidad en la representación con la otra cámara, se busca que el Senado tenga un origen electivo diferente al de la Cámara de Diputados. Este generalmente se atribuye a las provincias o distritos electorales de pequeño o mediano volumen poblacional. Con este propósito algunos países atribuyen la elección de los senadores a las regiones (Italia, España, Chile) y otros al ámbito nacional (Colombia, Paraguay, Uruguay). Es frecuente establecer requisitos distintos para la elección al Senado. El más relevante es exigir una mayor edad para ser elegido senador que para ser diputado o representante. También se pueden clasificar las segundas cámaras en atención a la función que cumplen en el proceso legislativo y en el control político. Aplicando este criterio, podemos distinguir entre i) cámara paritaria, y ii) cámara complementaria. i) Cámara paritaria Una cámara es paritaria cuando sus funciones fundamentales son iguales a las que ejerce la otra cámara. En este supuesto se habla de un bicameralismo perfecto, pues la voluntad de ambas cámaras debe concurrir en el proceso legislativo y político. Es el caso de Italia, Estados Unidos, Colombia, y Argentina, entre otros. ii) Cámara complementaria En este caso las funciones de la segunda cámara son menores o solo complementarias a las de la primera cámara, caso en el cual estamos ante un «bicameralismo atenuado o imperfecto». En este modelo, en el ejercicio de la potestad legislativa, la Cámara Alta o Senado actúa solo como Cámara de reflexión o de revisión que puede retardar una decisión, pero no impedir, en definitiva, la voluntad de la Cámara Baja, la cual prevalece en caso de subsistir la discrepancia entre ambas. En lo que respecta al control político del gobierno, este corresponde exclusivamente a la Cámara de Diputados o Representantes. En los regímenes parlamentarios de bicameralismo imperfecto, es la cámara baja o política a la que corresponde la formación del gobierno mediante el otorgamiento del voto de confianza, así como determinar su caída a través 73

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