una determinada mayoría. Así, en Francia hay 2 alternativas: aprobación por ambas Cámaras y ratificación por referéndum; o aprobación del proyecto remitido por el presidente de la república por 3/5 de los votos emitidos por los miembros de las dos cámaras reunidos en Congreso, en cuyo caso no se requiere referéndum. En el Perú, la constitución vigente establece un procedimiento parecido según el cual la reforma debe aprobarse por el Congreso (unicameral) con mayoría absoluta del número legal de sus miembros y ser ratificada mediante referéndum, pero este puede omitirse en caso de que la reforma sea aprobada en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación a favor, en cada caso, superior a los dos tercios del número legal de congresistas. 5.5. Límites materiales de la reforma constitucional Hemos visto los límites formales o de procedimiento a que está sometida la reforma constitucional, los mismos que constituyen requisitos indispensables para su validez. Corresponde ahora preguntarse si, además, existen límites materiales, esto es si ciertos contenidos de la constitución son irreformables por el legislador aún cuando este observe estrictamente el procedimiento establecido para la reforma. 5.5.1. Límites expresos El derecho constitucional comparado permite señalar que algunas constituciones establecen esta clase de límites: a) Disposiciones o contenidos intangibles o «pétreos». Son disposiciones o materias cuya modificación está prohibida expresamente por el propio texto constitucional. Se refieren a principios o decisiones fundamentales, como la adopción del régimen republicano, el cual no puede ser abolido según las constituciones de Italia, Francia, Alemania y Rusia; o la estructura federal del Estado en la Constitución de Alemania. La Constitución peruana de 1933 estableció la prohibición de reformar el artículo 142º, que establecía la no reelección inmediata del presidente de la república. Sin embargo, esta clase de normas lo que realmente hacen es dificultar la reforma pero no impedirla definitivamente, porque al tener todas las normas constitucionales igual jerarquía estas podrían ser suprimidas 56
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