Emilia Recéndez Guerrero 252 a) ser hijas legítimas, nacidas de legítimo matrimonio y de origen español; b) tener entre 7 y 15 años; para lo cual debían presentar su fe de bautizo al Vicario y Juez eclesiástico, que sería el capellán del colegio; c) permanecerían en el Colegio únicamente hasta los 25 años, si para entonces, no se habían casado, la rectora tenía obligación de avisar a sus padres o tutores, para que las retiraran y llevaran a su casa; d) serían expulsadas aquellas niñas o jovencitas que dieran escándalos o fueran motivo de quejas o inquietudes; e) las niñas estarían en aislamiento absoluto del mundo exterior a fin de preservarlas de los peligros del mismo. 16 Para lograr lo último las puertas estaban siempre cerradas, además, prohibían que las niñas platicaran con personas ajenas a la institución. Dichas reglas y prohibiciones llevan a pensar que más que un colegio o internado para niñas, la clausura era semejante a la de un convento, encontrando diversas contradicciones en los requisitos, y la misión que debía cumplir la institución “la protección de niñas pobres y huérfanas”. En concordancia con las Constituciones, otro de los objetivos del colegio era educar a las niñas en el temor de Dios y la práctica de las virtudes cristianas, así entre las prácticas cotidianas realizadas por todas, estaba: asistir a misa, de ser posible diariamente, frecuentar los sacramentos: penitencia y eucaristía, para eso se contaba con el oratorio dentro del colegio y un capellán que asistía diario; otras reglas o normas eran: a) se prohibía la entrada al colegio a personas externas, solo podía entrar brevemente los padres de familia, el confesor, el médico y quienes llevarán algunos objetos pesados; b) Las niñas podían hablar con sus padres o tutores solo 15 minutos en el fin de semana, en presencia de la celadora, y en días de fiesta se les permitía más tiempo, una hora; c) los capellanes o confesores no debían quedarse más tiempo del necesario para ejercer su ministerio, dar misa, confesar o guiar espiritualmente a las alumnas; d) la correspondencia era revisada por la rectora quien tenía la facultad de entregarla o no a su destinataria; e) se prohibía a las niñas hacer reuniones y formar grupos o pandillas.17 Estás reglas o prohibiciones, marcaban el día a día de las niñas y en cuanto a la instrucción en saberes y aprendizajes, se reducía a formar niñas y señoritas para el matrimonio que fueran buenas cristianas y esposas, madres abnegadas, útiles a la sociedad, ese era el “deber ser” u objetivo a alcanzar. De lo revisado hasta aquí, se desprende que algunas de las reglas o normas no se cumplían, como el origen diverso de las niñas, ya que, algunas tenían padres y pagaban una cuota para su manutención; en 1742 se registró que: “en el Colegio había 42 niñas, de las cuales 11 tenían padres y pagaban de cinco a dos pesos por semana, las 31 restantes, si eran huérfanas”.18 Estas niñas, que no pagaban, tenían que realizar diversas actividades 16 AHEZ, fondo: Ayuntamiento, sección: educación, libro de Constituciones del Colegio de Niñas de los Mil Ángeles Marianos. 17 Ibidem. 18 Idem. f. 6.
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