143 Ponencias del Simposio Internacional 7 ensayos | 90 años Uno de los primeros —como pude veri"car hace años— en constatar semejante germinación étnico-jurídico-política con la preocupada percepción de quien teme que se debilite el “etnocentrismo blanco dominante”, fundamento de toda el orden colonial, fue el virrey del Perú Francisco de Toledo. Lo explicó en una de sus cartas al rey Felipe II —en la cual, sin quererlo, anticipa una intuición clave de la sociología jurídico-política, desarrollada por Bolívar dos siglos después— donde especí"camente advierte para que se tomaran las providencias necesarias acerca de un peligro que estaba gestándose, es decir, el “tanto número de mestizos que cada año se multiplican en estas provincias en razón de lo cual informo a vuestra Majestad sobre los daños de no atajar y cortar esto [...] digo que el número presente es muy grande, causado de la gran libertad que en este Reino ha habido de las indias que los españoles han tenido por mancebas y no singularmente sino [...] que están llenas sus casas”.21 Ello constituye una imprevista novedad alarmante puesto que “con tantas mancebas y esclavas en las casas de los blancos —observa con enfado el virrey—, ya no es ni siquiera necesario para los españoles casarse, y se va multiplicando sin límites el número de mestizas y de mestizos. Por muchos remedios que se pongan que ha de haber siempre multiplicidad de estos mestizos”.22 ¿Pero cuál era la razón de tanta preocupación acerca del descontrol de la natalidad, en el mismo año de 1574 en el cual el virrey instaura el servicio de la mita, tan sistemática devoradora de mano de obra? En realidad, estos nuevos mestizos no sólo “son belicosos trabajadores en el campo”, “grandes arcabuceros” y “sufren el trabajo sin comodidad”, sino que por estas razones tenían mayor demanda y crédito frente a quienes “los escojan y quieran más que a los españoles por ser de mayor servicio y mejor mandados” y, por encima de todo, lo que realmente inquieta la inteligencia del astuto vigilante del orden institucional colonial, es que estos mismos mestizos “no dejan de tener pretensiones juzgando que por parte de las madres es suya la tierra y que sus padres la ganaron y conquistaron”.23 21 Francisco de Toledo, “Carta del virrey a Su Magestad”, en Roberto Levillier, dir., Gobernantes del Perú: cartas y papeles, siglo XVI. Documentos del Archivo de Indias, Madrid, Sucesores de Rivadeneyra, 1921-1926, p. 338. Pero sobre el debate jurídico-político acerca del “mestizaje colonial” véase Alberto Filippi, Dalle Indias all’America Latina: saggi sulle concezioni politiche delle istituzioni euroamericane, Camerino, Università degli Studi di Camerino, 1999 (Collana Dipartimento di Scienze Giuridiche e Politiche), pp. 64-71. 22 Ibid. 23 Ibid. Como recordarán, en la Carta de Jamaica Bolívar habla especí"camente de los nuevos derechos americanos de esta “especie media” constituida por todas las variantes de las mestizas
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