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EsmJiames anualrricnte , que ha sido
uno
de los asuntos que hizo presentes este
Superior Gobierno en su citado Informe
para conseguir de la Real piedad
el
que
pueda aplicar
del
fondo de
las
Tempora–
lidades
la
cantidad que parezca conve–
niente , con atenci on a los Salarios de
los
Superiores , especialmente con vista
y
re.:
conocimiento
del
produéto
:anual de
las
Fundaciones, Memorias
y
Obras plas
a
Glle
estaba sugera la
Casa.
d 1
Noviciado.
Y
por
deberse
cumplir en su Ig lesia, con–
forme
a
la mente de
~us
Autor es, se apli–
can desde ahora al citado C oleg io en
cumplimiento de las Reales Cedulas de
S. Mag. especialmente
las expedidas con
fecha de
14.
de Agosto de
1768.
y
1
o.
de Enero
y
9.
de Julio de
769.
las que
percibid el Reétor de
el ,
y
cuidara de
satisfacer por si
y
otros Eclesiastices de
probidad de aquellas inmediaciones qu ha–
gan
el
Santo Sacrificio de la Misa en di–
..cha Iglesia,
Y.
concurran
a
las
Fest~ s
de
su