XIV
Real Cédula de S. M.
y
Señores del Comejo en
et
Extraordi–
nario
,
á
Comulta, por la quaJ se declaran libres de Alcaba–
las
y
Cientos las Yentas que se están haciendo de los Bimu
.
raice.J· ocupados
á
los Regulares 'de
IA
Compañia en estos Rey–
no.s
,
Indias
,
é
lsltU adyacentu
,
á consecuencia de las Reales
Cédulas de z
7
de Marzo
,
J'
8
de Noviembre del ano pa-.
sado•
.DoN
C'..ar1os, por la grada de Dios, Rey de Castilla,
de Leori , de Aragon , de las dos Sicilias , de Jerufalen , de
Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia,
de
Mallor.ca,de Sevilla , de Cerdeña, de Córdoba , de Cór–
cega , de Murcia , de Jaen, de los Algarves , de Algecira ,
de Gibraltar, de las Islas de Canarias , de las Indbs Orienta–
les, y Occidentales , Islas , y Tierra
Fir~e
del Mar Occéa–
no , Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Braban–
te ,
y
de Milan , Conde de Abspurg , de Flandes , Tiró! ,
y
Barcelona, Señor de Vizcaya,
y
de Molina , &c. A los del mi
Consejo , Presidente ,
y
Oydores de mis Audiencias , y Chan–
cillerías ; Alcaldes , Alguaciles de mi Casa , y Corte ; y a
to -
dos los Corregidores , Asistente , é Intendentes , Gobernado–
res, Alcaldes Mayores,
y
Ordinarios,
y
otros qualesquiera Jue–
ces,
y
Justicias de estos mis Reynos, así de Realengo, como
los de Señorío , Abadengo , y Ordenes , y a todas las <lemas
personas de qualquiera calidad , grado , ó condicion que sean,
á
quienes lo
contenido.ehesta mi Reai' Cédula toque , ó
to–
car pueda , en qualquiera forma , especialmente a Vos los Co–
misionados que entendeis en estos mis Dominios de España ,
Yi
en los de Indias,
é
Islas Filipinas en la ocupacion de Tempo...
ralidades de los
Regular.es de la Compañia del nombre de Je•
sus·
á
los
mis Virre es Presidentes
>
Gobernadores ,
y
de-