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ffróhib,idas.

con

pehas

't

1

an

exorbi~antés;

tam

pocó ptiede auet alguno ,

que

fo

!Íaine

vfual

,' .y

mas quando es tan vatiable en

losgeneros comerci ables ,

fegun

la cali–

dad

1

y

circunfiancias

de los

tiempos;

•y.

en

.el tabaco

le

experimenta rn'as

ordina-

tiam.ente. .

,.

··

·,

· Muy

'fenfible

es,

que en

los

generos,

que

fe

naµegan

con

tanto

riefgo ,

y

cofta,

Mmi~m

au~mura~dofe

los

hombres

por

la ganancia, que pueden

tener,

fe

les

limite la for-

naual!um

rna;

y

modb de

fu

venta •

y

beneficio,

y

que Ja

vcilidad

ceda

e11 conuenienc·ia

age-

"'Ji.t~t~_ven.J.

-

1

h

e

d

b 1

·

d d I

e

·

dtt

10

·ns

~

n~

]i),ero

.oes

mue

o.m:as_,.,.1qU:,

e

ay

1

a:

r.

e perdtur

ar

a

qu1ctu .

e

omerc10,

na-

f m nanon

dend9

del efianco, -como

ue 1uente

a .,uma

e

pleytos, que

deben

ternerfe, para

fine intren-.;.

inunqar el

Reyno,

pues fie

ndo

la$COn~iciones

con

quefehaze'la

pofiura

tantas,

y

ti

pu. i~di•

que

las

mas

tienen

pena.de

conmiílo. anadiendofe

la

multitud

de miniíl:ros,

gu_ar-

cío v.iri.i.,

das

los baxeles, a cofia

d

e

los dueños,

tan

grauados con

otras

contribuciones,

y

tur,

l'bi de

Ja

t~bernad

de

poderlo

reconoc'cr

todo

en

orden

a

impedir

losextrauios ,

y

oculni-

rniusvtiliJ.

ciones;

no aura cofa fegura,

en

que

no

afeéten

intrnducir

fu

nueua

jurifdiccion, re-

tate_Pr~-. ,

conociendo las

cafas

particulares ·,

y

los

mas

ínfimos

retretes

de

las

Religiofas,

a-

fertzm

agi~

br,iefldo

los·

fardos ;

y

caxones :

y

quando

fu

Magefiad no permice, que en

mate-

rnr.

tias mas graues fe llegue a

femejantes

regifiros, fin que precedan las delaciones ne-

ce6arias , N.

Solicita fer ·mas

priuilegiado,

y

efto

feria

mezclar lo fagrado

con

lo

prpfano'

y

vn

trafiego.general

'y

ocafion de muchos

litigios'

principaÍmente

fi

~l

afienco

corriefie

en el

Reyno ; con que

el pueblo

de Indios

~as

corto;

y

el

lugar

rntis

retirado experimentaria

los

efeétos

perni~iofos

de tan

nociua

introd 1:1cci0JJ,

y

en rodas partes

refortarian

los ecos, vozes ,

y

lamentos de los fafiitnados,

y

heri-

dos

de

pefie

tan

vniuerfal.

,

-

.

.-. Tambit!fl

debe

confiderarfe,

que

muchoshor:nJ:>res,

y

algunas mugcres biudas,

DAmnlrlfl

· '

y

doncellas

viuen con

efta grangcria,

teniendo,caxooes

publicas

1

en que

venden

mm tolera.r.

el

tabaco ,

o trayendo

vn efclauo,

que le

venda

por

las·

calles,

y

de la ganancia

fe

dum plutif:

fufrenta_n .'

· d~

que tiene

b~fiante

experie9cia.', .

pues

fe

ha

exercitad.o

con

v~ili_dad moru~

en

eb

mm1íl:eno, yocupac1on;

y

fi fe

les

proh1b1eífe

el.trato,

quedanao

d~íbtu1dos

de

todo

humano focorro .;

y

preci~amente

fe

~plicarian

a

la mendiguez, o

pufoa-

..

rfan otros

medios '

y

modos menos

licit

~

\

s pa

:ra

adquirir el fofienro :

y

fi

algunc;>

obligado

de

la neccffidad fe

atreuieífe

a

o

'

r.ar

CC)ntra

las

rigorofas leyes .

que

im·

pone

el arbicri.fta , incurriera las mexora les

penas

de

la

tranfgrefion.

Y~

jufia-

· ·

mente fintiera: que

le prohibieífen

el

voico medió,

que

ha tenido

de promouer

fus

interefes, no debefolicitar eíl:e daño alos demas..

,

Los

Cofechercsno

podrian

vend er libremente fus

cofechas,

y

fe haHaran

obli:–

gados a darlas a N. los

prec~os,

y

~lacos, q~e

fu_effen mas en

fu

conueniencia, o

íe

r:efagaria,

el

genero

en

grauiffima

mcomo.d1dad de los hazendados ,

que no

ten–

drian de que coftear

la

fegunda cofecha , no vendiendo la

primera :

y

fien<l~

cier–

to,

que

no

fe le

conoce

caudal al arbitrifia,yque

tampocotienecreditc>,no es

poffi–

·ble

renga

dinero

prompto

para fatisfacer las_cornpras. Los

mercaderes

no podran

bcóeficiar fus empleos , hallandofe embara<;ados

~on

la prohibicion de

vende~

a

_

otros ,

y

·fiµ

la poffibilidad

deque

el

vnico comprador lo

aya

de

fer,

no

teniend~

cantidad de

qu~

pagar el precio. Ablhayendo del

perjuicio,

qu

e tambie

11 fe caufa

á

los

comerciantes

de Jos

R

eynos

de Efpaiía, pues ·no

aura

alguno,

que.fe

em_peñe

~n

negociar vn genero,

cuya

falida ha de fer tan

dificulrofa,

y

de tantas

impl1cacio-

.

_

nes,y embara<;os.

·

·

·· Debiera N. para coonefiar fu

pretenfion,

y

darle vff

os de

juíl:a ,' poner tarn

bien

c írca pre.;.

al

tabaco ,

que fe1e vendieífe precio

moderado,

y

correfpondiente a la

crecida ga.

tium iufte.

pancia,

que fe aplica ,

ofreciendo

fatisfac~r

a

los dueños

de

contado.

Perc»querer,

~omputan­

que

de

lo que

fe manifeíl:are,í

e le aya de dar

neceíl"ariamenre lo

precifo

para

el

e;

afro,

dum ....

y

confomo del efianco;

y

que.con

el

retlo fe

ayan

de

quedar

los_inrercílado~

, fin

que fe les permita

venderlo

a otro,

es

vna deftgualdad injuíl:iffima,

no

pudiendo fer

remediO del

daño

.condoci

r1o

a

Ja~

demas

prouincias ;

porque

ft

en todas fe ad

mi •

rreffe el

.eíl:anco, en qualquiera fe

cocontr~ran

los

mifmos

inconuenienrd,y

efta di-

ficultad

ínfoperable.

· ,

· ·

.

Añadefen los

extrauios

fY

ocultiiciones~

que

fe

haran por

huir,

y

declinar

los

ri –

gores,

y

v'eja~iones

de los ·minifiros del efianco,

que .quanro fu.eren

mas

eficaces,

haran

meno·s

culpable

1a

folicitud

d~

losdueúos,

y

por confequenciá

[~defraudaran

fos derechos de afoabalas, almojariÍC!zgos,

y

vniop de a,rO?;is ;

y

auiendofe obligadd

el

Comercio

a pagar tan

~onfidetables

contribuc;iones ,

foló

por

~fcufar

efios 'in-

Qq

"J

.

~onu e~