Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión
548 AUGUSTO TAMAYO VARGAS - CESAR PACHECO VELEZ confieren a alguno de aquellos poderes bajo nuestro régimen cons– titucional, se les daría una preponderancia poco conforme con su misma armonía y con la libertad pública. El tercer carácter de esta corporación depende del merecimiento, virtudes y espíritu verda– deramente patriótico de cada uno de sus miembros, quienes, si se conducen siempre con dignidad, con sabiduría y con firmeza, se habrá atraído el Senado la veneración pública, y perpetuado en él la confianza de los ciudadanos, manteniendo juntamente en su vigor las instituciones que conserva. Consiguiente a estos principios, la comisión ha organizado el Senado, confiando la elección primaria de sus miembros a las pro– vincias, respecto de que a ellas interesa nombrar los custodios de su libertad; correspondiendo la designación por cada departamento al Congreso, quien podrá salir de las listas que se le presentasen. De manera que con esta precaución, al mismo tiempo de ser popular el nombramiento, es acertado e igualmente libre por la amplitud de la base de elegibles sobre que se xtiende. - El Senado se renueva por tercias partes, que así atesorará un fondo de riqueza intelectual y experiencia, que sucesivamente vaya trasmitiéndose por los órdenes en que está distribuído, tanto, que siendo nuevo cada seis años, se reputará en sustancia tan antiguo, como si permanecieran en ejercicio los primeros fundadores. Cuya circunstancia llena perfectamente la perpetuidad hereditaria de sus miembros, inadmisible desde luego en nuestro sistema, pero induda– blemente compatible con la dignidad senatorial. Por todo esto, la edad de 40 años, la propiedad, las luces, los servicios distinguidos, la integridad y las demás virtudes propiamente varonile , con titui– rán al senador en tales términos, que preci amente afirman la res– petabilidad del cuerpo en sus mismos individuos, bajo la omnipo– tencia de la opinión pública, que es la que soberanamente decide de todo en los Estados libres. Pero recorramos sus principales atribuciones. Debe estar en continua vela sobre la observancia de la Constitución y de las leyes, y con el ojo siempre fijo en los ciudadanos, que así se evitará en tiempo el desorden en la administración pública, y mm a se corrom– perá la moralidad civil. Le toca igualmente elegir y presentar al Poder Ejecutivo los funcionarios de la lista civil y eclesiástic. para que más desprendido el Gobierno de las afecciones que de ordinario inspira la persona a quien le ha dado un empleo, pueda éste com– pelerle ejecutivamente al lleno d_e sus obligaciones, y para que, equi– librada esta parte de poder que regularmente se en omienda al Poder Ejecutivo, sea pesado el mérito de los ciudadanos por una
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