Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión
JOSE FAUsr rrJO SANCHEZ CARRION 547 to con la popularidad en una designación de tanta trascendencia. Porque si es cierto que la expresión particular de los pueblos suele decidirse por lo mejor, también es verdad que a veces se equivoca por el mismo deseo de acertar, cuando uno sólo ha de ser el elegido en el concurso de los sufragios de tantas provincias. Lo que está bien distante de suceder respecto de los diputados y senadores, cuyo número subsanaría cualquier error de elección. Las veces del Pre– sidente en los casos prefijados las desempeñará un Vicepresidente,. elegido en los mismos términos, y por falta de éste entrara el del Senado hasta la elección ordinaria del primero, para evitar la mul– tiplicidad innecesaria de est os actos, especialmente cuando el pe– ríodo de cuatro años está bastantemente proveído con tres indivi– duos en una falta sucesiva. Y supuesto que los Ministros de Estado son el órgano inmedia– to del Gobierno, y responsable cada uno de por sí o in sólidum, según la parte que hayan tenido en la administración, señalados los artículos respectivos a tal poder, deben entrar los que corresponden a éstos. Su misma naturaleza exige que recaigan tan graves comi– siones en ciudadanos que reunan las mismas circunstancias que el que ejerce el Poder Ejecutivo. Tres de ellos parecen suficientes para la expedita administración de los negocios, si se encarga ex– clusivamente a cada uno su peculiar departamento, y si los nombra– mientos recaen en hombres que propiamente pueden llamarse de Estado. Desciende ahora la comisión a otro capítulo acaso más delicado que los anteriores: habla del Senado conservador. Aunque es verdad que la división de poderes es la primera salvaguardia de la libertad política y civil, observada la economía del sistema representativo, queda todavía imperfecta y como sin trabazón la estructura cons– titucional, si no se proviene en tiempo una institución conservadora, que reuniendo caracteres congénitos a su naturaleza, sea al mismo tiempo el apoyo de la estabilidad de la Constitución, y el medio de resistencia que debilita los embates de la arbitrariedad. Tal es el Senado que establecen las bases, cuyo primer tributo debe consistir en su total separación o independencia de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, para que no se prostituya en el ejercicio de sus funcione3, ni por esperanza, ni por temor. Debe tener también por su misma naturaleza cierta inercia constitutiva que contrasta con su influen– cia moral, para que nunca pueda sobreponerse al Gobierno, ni a la Legislatura, ni trastornar por con iguiente el orden armónico que debe reinar entre ambos. Mas, no por eso se le ha de privar abso– lutamente de una vitalidad política en ciertos ejercicios, que si se
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