Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión
JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION 531 Legitimidad y eficacia que están en la naturaleza de las cosas, como que las revoluciones sólo pueden justificarse cuando un esta– blecimiento civil, cansado de ver ultrajados sus derechos, rescinde, por fin, el pacto y transige de nuevo bajo otra forma que se los garantice; y como que sólo este interés puede aguijar a sus miem– bros hasta el t'rmino de sacrificar su fort una y su existencia. Lo demás es puramente accidental. Y si la historia de las transforma– ciones políticas nos manifiesta influencias de ot ro género, también sabemos que su pod r ha sido efím ro, y que el E stado q'ue no se fundó desde l principio en la voluntad, contento, y ap r obación de los pueblos, por más esfuerzos que haga, nunca jamás podrá cons– tituirse. Teatro de e peculaciones ra treras, y agitado siempre por partidos, no es posible reuna ya luz, voluntad general, ni que, por consiguiente, fije las bases de una administración permanente; por– que los pueblos una vez desengañados, no vuelven a andar el mismo camino. Mientras que, por el contrario, advertimos que los afortu– nados países, en donde se ha encont rado 1 espíritu de la indepen– dencia con el de la libertad bajo · las r antía. de la representación popular, muy poco han tardado en ver con umada la obra de eman– cipación, y muy breve se ha consolidado en ellos su régimen admi– nistrativo. Efectivamente, entre tanto no e afirmen las leyes fundamen– tales, todo es precipitación y movimiento en un E stado; más claro, se vive en una especie de anarquía más o menos pronunciada; por– que es condición indispensable del orden reconocer ciertos princi– pios fijos de que parta la regularidad en todas las acciones y la precisión de límites en el ejercicio de la autoridad y de los derechos civiles. Tal es la actitud en que debió quedar el Perú al tiempo de su cambiamiento, y tal la exigencia de una ley fundamental; lo que bien conocido por el Gobierno Provisorio, juzgó necesaria la reunión del Congreso, a cuya sabiduría cumple establecer las reglas ~onv~nientes para afianzar la exi tencia política de los pueblos que repre– senta. Entre tanto, señor, la comisión pasa a hacer un breve aná·· li is de su proyecto. No siendo la Con titución de un país ot r a que el conjunto de las leyes primarias que determinan su forma de gobierno, según los principios del pacto social, y de la conveniencia pública, no deberán entrar en su plan otras disposiciones que las que llenen adecuada– mente este objeto; de manera que, la organización de e ta acta haya de girar bajo tal orden, que consignándose en ella los derechos, obli– gaciones y facultade respectivas de los ciudadanos y funcionarios
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