Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión
JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION 161 39.- José de la Mar.- Felipe Antonio Alvarado.- El Conde de Vista Florida.- Por órden de S. E.- Tomás Guido. (Gaceta del Gobierno de Lima independiente, t. III, N'? 42, p. 1, 16 de noviembre de 1822). 108 TODOS LOS BIENES CONFISCADOS O SECUESTRADOS ESTAN SUJETOS A GRAVAMENES Considerando el Soberano Congreso, que ni las · confiscaciones por delito, ni los secuestros por derecho de guerra deben perjudicar las acciones de terceros sobre los bienes confiscados ó secuestrados. Declara. Que todos los bienes confiscados ó secuestrados están sujetos al pago de los gravámenes, con que fueron ligados por sus anteceden– tes poseedores. De órden de él mismo lo comunicamos a V. S. para que la Su– prema Junta disponga lo necesario a su cumplimiento. Dios guarde a V. S. muchos años. Lima y Noviembre 6 de 1822.- 39.- José Sanchez Carrion, Diputado Secretario.- Pedro Pedemonte, Diputado secretario.- Señor secretario del Despacho en el Departamento de Gobierno. (Gaceta del Gobierno de Lima Independiente, t. III, p. 2, N? 40, 9 de no– viembre de 1822). 109 SUELDOS DE EMPLEADOS DE HACIENDA SERAN PAGADOS INTEGROS SECRETARIA DEL CONGRESO DEL PERU Teniendo en consideracion el Soberano Congreso la situación lamentable de los empleados en el ramo de Hacienda, cuyos sueldos fueron rebajados a la mitad de su asignación por las escaseces noto– rias del erario. Ordena: l. Que los sueldos de los empleados se paguen integros men– salmente confo"me a las dotaciones anuales.
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