173 SIS 24 años al servicio del país NUEVAS ESTRATEGIAS ANTE LA EMERGENCIA SANITARIA El Seguro Integral de Salud tuvo que diseñar e implementar a la sazón, nuevas estrategias y herramientas administrativas, financieras, logísticas, operativas y de soporte informático para el cumplimiento de los objetivos, metas y procesos misionales, de acuerdo a las necesidades identificadas y la exigencia de la demanda expectante al amparo de la normatividad vigente relacionada, de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud y la presidencia del Consejo de Ministros. Entre las más relevantes están las siguientes: Ruptura de adscripción territorial a nivel nacional en el primer nivel de atención, evitando desplazamientos innecesarios y restringidos para buscar atención médica. Implementación de la prestación telemonitoreo, con prescripción y entrega de medicamentos, a través del código 910. Ampliación en el plazo de digitación de los FUA en todos los niveles de atención (30 días adicionales). Ampliación del tope de registro de PF, DM y PS hasta los 120 días calendario, para beneficiar a pacientes crónicos limitando sus visitas por demanda de atención en las Ipress. Priorizar la afiliación inmediata de los profesionales de la salud sin seguro (terceros) y estudiantes de carreras profesionales al servicio de la salud. Suspensión temporal del Proceso de Control Presencial Posterior (PCPP), como mecanismo de control prestacional del SIS. Otorgamiento de la cobertura financiera a los asegurados afiliados al SIS Independiente, SIS MYPE y SIS Emprendedor (NRUS), sin necesidad de estar al día en sus aportaciones económicas. DISPOSICIONES LEGALES Dentro del marco legal el Decreto Legislativo n.° 1146, aprobado el 21 de abril de 2020, el cual estableció algunas disposiciones para el fortalecimiento del intercambio prestacional y, en procura de una oportuna y adecuada atención preventiva y recuperativa para los pacientes con COVID-19 y en riesgo de contagiarse, los asegurados infectados también recibían atención oportuna en EsSalud; y lo más importante es que el Poder Ejecutivo brindó la autorización para la incorporación de la oferta de servicios de las Ipress privadas. En ese contexto, fue emitida la Resolución Jefatural n.° 050-2020-SIS, (21 de mayo del 2020). Inicialmente se aprobó el “Tarifario por día” para los paquetes de atención de los asegurados al SIS con COVID-19 en los servicios de UCI y hospitalización de las Ipress privadas y mixtas. Asimismo, se consideró la metodología para el cálculo del valor monetario de los productos farmacéuticos y dispositivos médicos entregados a los asegurados al SIS con COVID-19 en los servicios de UCI y hospitalización de las Ipress privadas y mixtas. Se determinó la tarifa social de S/3320 diarios por cama UCI; y, posteriormente la Resolución Jefatural n.° 064-2020-SIS (03 de junio del 2020), deroga la anterior y se aprueba el valor de la tarifa referencial para el empaquetamiento por caso resuelto de la atención de pacientes COVID; caso severo en Ipress privadas y mixtas, en el marco, del DL n.° 1466 y sus disposiciones complementarias en S/55 626.45 sin incluir el IGV.
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