impuesto a las ventas, pues crea una brecha entre el precio de oferta y el de demanda, con la única diferencia de que el que recauda la diferencia entre los precios de oferta y demanda es el poseedor de la cuota y no el gobierno. Similarmente, una cuota de importación tiene el mismo efecto que una tarifa, con la única diferencia de que la recaudación va al poseedor de la cuota y no al gobierno. En el gráfico 8.9, revisado anteriormente, supongamos que el gobierno pone una cuota de importación igual a C2 – xQ2: esta subirá el precio de las computadoras en el mismo monto que la tarifa que analizamos previamente. El precio subirá de Pm a Pt, pero el área 3 ahora representará a las rentas de la cuota y no a la recaudación del gobierno. La cuota se puede pensar, partiendo de la autarquía, como una expansión de la oferta doméstica (un traslado a la derecha de la curva de oferta doméstica) por el monto de la cuota; esto hace bajar el precio de equilibrio del precio de autarquía a Pt, el cual obviamente es mayor que Pm en el gráfico 8.10. En los años setenta y la segunda mitad de los años ochenta la política de permisos de importación estaba muy difundida en el Perú, lo cual era equivalente a repartir porciones de recaudación entre los agentes privados y se prestaba a una gran corrupción en la emisión de cuotas, que tenía vida propia pues aumentaba las rentas de los otorgantes y los recipientes de las cuotas. 8.4.3 Efectos del Impuesto General a las Ventas (IGV) Veamos ahora un caso de plena vigencia en la economía nacional: el efecto del IGV (Impuesto General a las Ventas) en el mercado de bienes importables. Para simplificar el análisis asumimos que los bienes importables no están sujetos a aranceles de importación, que es el caso más común en la actualidad. En el gráfico 8.11 podemos observar primero que la imposición del Impuesto General a las Ventas, que se aplica por igual a las importaciones, a la producción y el consumo internos, tiene los efectos siguientes: sube el precio al consumidor de Pm a Pi, reduce el consumo del producto importable de Co a C1 y reduce las importaciones de (Co – q) a (C1 – q). Lo sorprendente es que la producción nacional no se altera con respecto a su nivel antes de la aplicación del impuesto, lo cual se debe a que el impuesto recae completamente sobre el consumidor porque la oferta de importables es completamente elástica. 246
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