Manual de Derecho sucesorio

ejemplo, cuando el hijo niega injustificadamente alimentos a su padre, la declaración de indignidad que respecto de él pueda solicitar y obtener su padre, no le impedirá que pueda representarlo respecto a la sucesión del abuelo, por la consideración expuesta en el acápite anterior(cfr. artículo 667, inciso 1, del CC). g. El bisnieto puede ser llamado a la herencia de su bisabuelo aun cuando no estuviese concebido a la muerte del abuelo, porque los presupuestos para heredar deben estar referidos a la persona a quien se hereda; en este caso, al bisabuelo. h. Los representantes suceden al causante no solo en sus derechos sino también en sus obligaciones, que integran la herencia, correspondiéndoles además asumir la obligación de colacionar las donaciones recibidas del causante como donaciones no dispensadas, las cuales deberán ser deducidas de la cuota hereditaria que les corresponda (artículo 841 del CC). i. Si el representado fue beneficiado por el causante en su testamento no solo con la legítima que por derecho le corresponde, sino además con un legado, la representación sucesoria no comprende al legado (que es cuota de libre disposición), porque dicho beneficio le ha sido otorgado tomándose en cuenta su calidad personal y no su condición de heredero forzoso, debiendo entenderse que lo que se trasmite es la calidad de heredero y la respectiva legítima. Dicha cuota de libre disposición, en el caso dado, se reintegrará a la masa hereditaria y será repartida entre todos los herederos a prorrata, a no ser que el testador hubiera dispuesto otra cosa. Debemos recordar además que no cabe representación sucesoria tratándose de legados conforme a nuestro ordenamiento legal. j. La representación sucesoria origina una sola trasmisión sucesoria y, en consecuencia, solo habrá una sola declaración de herederos: la del causante, para los efectos de la representación sucesoria, no siendo necesaria la previa declaración de herederos del representado, porque el representante hereda indirectamente al causante. Sin embargo, nada obsta para que también se pueda solicitar la declaración de herederos del propio representado para sucederlo a él como heredero. k. Tratándose de la línea recta descendente, no cabe desconocimiento del derecho de representación porque los derechos de estos son de orden público (la legítima). Diferente es el caso de la representación 117

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