Ley y justicia en el Oncenio de Leguía

legales que postulan un control más enérgico y eficiente de la ciudadanía y sus costumbres a través de la reglamentación del hábeas corpus, la prohibición del divorcio absoluto, el reconocimiento con inscripción previa de las comunidades indígenas y el refinamiento de la legislación penal. La política legislativa del leguiismo, no obstante la buena dosis de modernidad que lleva impresa, no se sustrae a defectos de técnica legislativa que se resiente con los modelos de legislación más avanzada. La generalidad de las normas, que debiera ser el vehículo más adecuado de asignación de recursos, cede muy a menudo ante el casuísmo arbitrario. Leyes que debieran tener alcance general erga omnes se confunden en un mar de dispositivos dados para destinatarios con nombre y apellido. Así, junto a una ley que contiene un respetable código, se halla otra que aumenta el sueldo a un escribano u otorga montepío a una viuda. Por lo tanto, no basta incidir en aquellos aspectos que ilustran la modernización, sino también es preciso reparar en las contradicciones, incoherencias y retornos que dicho proceso presenta. Por otra parte, el andamiaje jurídico de la época no nos interesa por sus virtudes y defectos intrínsecos, cuya evaluación y exégesis confiamos a la dogmática jurídica. En realidad, el repertorio legal del leguiismo nos interesa, más allá de sus bondades y limitaciones técnicas, como escenario histórico de tensiones sociales y como un instrumento tangible del poder dictatorial. Una visión crítica y política del sistema jurídico está en la base de nuestro estudio. El derecho no es un instrumento neutral si no es políticamente orientado por legisladores, litigantes y usuarios3. «Magistratura y gobierno: una relación difícil», el tercer capítulo, procura dar cuenta de las relaciones de poder que durante la época de Leguía asociaban a quienes detentaban efectivamente la fuerza coercitiva del Estado con la siempre frágil judicatura peruana. Contra lo que puede pensarse, no se trataba de un puro y simple enlace de subordinación más o menos mecánico. Tras los ceremoniosos discursos y los encomiásticos oficios se oculta en realidad una compleja y dramática trama que este trabajo pretende revelar. Los jueces, especialmente los vocales de la Corte Suprema, luchan por no perder una alícuota de poder. El ascenso de Leguía, la quiebra de la constitucionalidad y la instalación de un nuevo orden legal constituyen acontecimientos que van a afectar sensiblemente a la magistratura, que pasa de una valiente resistencia corporativa a una gradual adaptación al nuevo statu quo del leguiismo. 12

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