Ley y justicia en el Oncenio de Leguía

del hábeas corpus, el rompimiento de la jurisdicción ordinaria al crear juzgados ad hoc y así sancionar a sus adversarios, la vulneración de la investidura parlamentaria al disponer su captura y expulsión del país. Pedro Planas advirtió una curiosa ironía con ribetes de broma de mal gusto. Poco después del fallecimiento de Germán Leguía y Martínez, la Revista Peruana de Ciencias Jurídicas y Sociales reprodujo un extracto de su diccionario. El texto, alcanzado por su hijo, el historiador Jorge Guillermo Leguía, era un comentario al Código de Procedimientos en Materia Criminal. En la nota el autor recordaba a sus lectores que constituía delito «la desobediencia y resistencia al ingreso del juez en los casos de detención arbitraria, denunciada en un recurso de hábeas corpus». 117

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