Las tumbas de Macchu Picchu

objetos de Machu Picchu, se basaban en un decreto anterior, de 1893. La opinión de Yale, después de consultar con un abogado peruano, era que un conjunto de leyes aprobadas en 1901 abrogaron el decreto de 1893, con lo cual los decretos de 1911 y 1912 quedaron invalidados, lo cual a su vez significaba que la propiedad de los «tesoros» enterrados revertía a quien los encontrara —léase: Bingham— tal como estaba dispuesto en el Código Civil de 1852557. La propuesta de Yale era fascinante. De ser válida, Bingham no habría necesitado negociar con el gobierno respecto de la exportación de objetos de Machu Picchu u otras partes. En términos históricos, sin embargo, resulta insuficiente como explicación de lo sucedido. Subsiste el hecho de que tanto Bingham como el Perú se comportaron en 1912 como si el Perú tuviera control sobre sus ruinas y objetos. La concesión fue una manera de burlar la prohibición del país contra la excavación y exportación sin licencia. La protesta popular frente a la concesión le obligó a retirarla y reconocer que el país se tomaba sus decretos en serio. El decreto de 1912 fue aprobado sobre la base de que los decretos de 1893 y 1911 seguían vigentes. Los negocios posteriores de Bingham con Alvistur, el coleccionista, fueron para evitar las prohibiciones del país. En ningún punto hay referencias al Código Civil de 1852 o a las modificaciones de 1901 en los archivos de Bingham 558 . A medida que aumentaban las tensiones, el tema adquirió importancia espiritual. Si bien la universidad enfatizó la importancia arqueológica de la colección para el mundo, algunos vieron la colección como lo que era originalmente: los entierros de 174 seres humanos de diferentes partes de los Andes, cuyos descendientes ahora caminan por las calles de Cusco y Lima. Esto no es mero sentimentalismo: si bien la conquista española fue dura para los pueblos indígenas, las leyes coloniales protegían a los pueblos indígenas en formas que las políticas nacionales de Estados Unidos no lo hacían. Hoy, el presidente del Perú, sin importar su ascendencia, representa a un país de ascendencia mayormente indígena. Tal como señala la historiadora Mariana Mould de Pease, bajo la ley estadounidense, la Native American Grave Repatriation Act (NAGPRA) [Ley de repatriación de tumbas de nativos americanos] dispone que los museos están en la obligación de repatriar los restos humanos y objetos espirituales que posean de los herederos indígenas vivientes de estos. En Estados Unidos en 2000, un Maidu de nombre Art Angle y el antropólogo Orin Starn ayudaron a conseguir que el Smithsonian devolviera el cerebro 315

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