vez en situación de disponibilidad. Cada una de estas causales merece una breve explicación. La causal de límite de edad en el grado responde al hecho que para cada grado de la institución policial se tiene previsto un máximo de edad posible, que, según el decreto legislativo 1149, son los siguientes: • Oficiales de armas Teniente general 66 años General 64 años Coronel 61 años Comandante 59 años Mayor 54 años Capitán 49 años Teniente 44 años Alférez 40 años • Oficiales de servicios General 63 años Coronel 62 años Comandante 61 años Mayor 58 años Capitán 55 años • Suboficiales de armas y de servicios Suboficial superior 62 años Suboficial brigadier 61 años Suboficial técnico de primera 60 años Suboficial técnico de segunda 59 años Suboficial técnico de tercera 58 años Suboficial de primera 57 años Suboficial de segunda 56 años Suboficial de tercera 55 años 75
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