La utopía republicana

elecciones, entre otras (Basadre, 1983, VII, pp. 356-357). 780 En su primer título, la ley señaló quiénes ejercían el derecho de sufragio. De acuerdo con una iniciativa aprobada en la Cámara de Diputados en 1890, se otorgó únicamente a los peruanos mayores de veintiún años o a los casados que no hubieran cumplido esa edad, pero que supieran leer y escribir. En toda la anterior historia del sufragio en el Perú, los analfabetos habían votado nominalmente (Basadre, 1980, p. 52). 781 La comparación de Ulloa estaba referida a que Cánovas, con la finalidad de fortalecer a la monarquía, despojó a la mayoría republicana de su poder electoral. 782 La Junta Electoral Nacional estaba compuesta por nueve miembros: dos personeros de la Cámara de Senadores, uno de ellos en la minoría; dos de la de Diputados con la misma condición; cuatro del Poder Judicial, y uno del Ejecutivo. Correspondía a la junta formar el Registro General de la República con los registros enviados por las juntas electorales de departamento; ejercer jurisdicción disciplinaria sobre todas las personas que intervenían con carácter oficial en las elecciones; sortear los cinco miembros de las juntas escrutadoras en las provincias; nominar mediante el mismo sistema cinco mayores contribuyentes para las juntas de registros provinciales; y elegir a los presidentes de las juntas electorales departamentales (Basadre, 1983, VII, p. 356). 783 «Como las antiguas mesas tenían su causa en la elección por el pueblo de las comisiones receptoras de sufragios, se adoptó otro camino, constituyéndose mesas con funcionarios designados por nombramiento y no por elección popular. La conquista de las mesas no dejó de ser el objetivo de las contiendas electorales, pero los métodos de la fuerza fueron sustituidos por los más templados, aunque no menos inmorales de la intriga» (Villarán, 1918). 355

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