La Justicia : periódico semanal /Título posterior: La Justicia: periódico religioso, político, científico y noticioso - Año V (116-118,120-121,123-139) Año VI (140-143,145-153,155-173) Año VII (174-209) Año VIII (210-216)

DillECTOR, Dr. Fidel O. Escitdero. Kt1r1x1ws SlJELns .... . AL 31ES ........ ·•·· .... .. SEMESTRE ••••••••••••••• ...'\.L .'.ÑO ••.••.•••••• , • , ••• "10 ., 4.0 i 4 --- Año V.) SEGCION RELIGIOSA. Constitución Apostólica Dli: NUl!STitO PERIODlCO SEM.A:NAL. Ruarás, Junio 21 de 1897. ·'. ' 1 1 · De los libros de liturgia y de uracianes· CAPITULO VII. Apos tólica la facult,tu general d e autori zar {t los fieles 1mra leer y rntener libros condenados no la concedan ~ino con discreción y por ca,usas justas y razonables. ----*-....... Va pues a 1·enovarse ei"primer ter_. cio de am Q~S Cámaraa con un, nuevÓ' personal salido ds las ánforalil electo~ ralea como la o:xpredion genuina. del voto popular. SANTISIMO PADRE LEON XIII. 18. Queda prohibido a to<la perso· na cambiar en lo más mínimo¡la s ediciones autenticas del misal, brev iario, ritual, cerenwniul de los Obispos del Ponti:fi.eado Romano y de los libros litúrgicos aprobados por la Santa Sede Apostólica. Si algnno con traviniere á esta regla, las ediciones que publique serán prohibidas. 26. 'I1odos los que obtengan au torización apostólica para leer y conservar libros prohibidos, no pn oden por este solo hecho leer y r e tener toda clase de libros ó perióuicos co11<1enados por los Ordinarios de sus respectivas diócesis, á menos qu·e en 611 indulto Apostólico se mencione n expresamente el permiso de leer y retener libros condenados poi: cualq uior autoridad. Además, los que obtengan dicha autorización, deben tener presen te que están obligados,. bajo l'iguroso precepto, a guardar eso8 libros de modo que no puedan llegar ií, ma.- nos de otras personas. Supuesta la trascendental impo{, tancia de esos actos, es preciso que los corifeos de los partidos poli:tieos belíg(~rantes se desprendan de todo sc•ntímiento innoble y propendan , por t odos los medios posibles, á la conservación del orden público, luch&ndo en el terreno legal con' la leal tad y - ciYismo que engrandecen a los derro~ tados y aumentan la aureola de loa vencedores. P.AP.l. POR LA DIVINA. PROVIDENCIA. J.CERCA DE l:A. PRSHIBICIÓN Y CENSURA Dll LIBROS. DECRETOS GENEP\Ú'\LES. ( Co11tinuacitJ11). CAPÍTULO V. De ciertos libros de un género esp ecial. 19. Que ningunas leta nías, salvo lai; mas antiguas y más comunes, insertas en los breviarios, misale s, li. bros pontificales y rih•,1les, sul vo igualmente las letanías de la. 13íenaventurada Vírgen Iúaría, tjUC hay ct,stum• bre de cantar en la san ta lgleei a de Loreto y las del Santo Nomb re de J esus. ya aprobadas por la Santa Sede, se publiquen i:;in la revisiór> y a- · De parte del señor Prefecto no a .bri~ gai:Q,.Of3' duda . alguna ele !5U completa n~utralida.d exigida por las ley es de la materia; y otro tanto debemos esperar de los Subprefectos y demás au-· toridades políticas de las Provi nrias. 11. 0 Quedan condenados los libros que cont'eAg~n ataque con~ra. Dios, contra. la .· Bienaventurada. Virgen Ma.ríá, ó contra los _San tos, ó contra la Iglesia católica ó su culto, ó contra los Sacramentos, o contra la Sede Apostólica. L:1 mfe~a repr'tba.ción comprende á lds .libJ os en loe qua Be desnaturalice la i¡pción. ~e la inspiración de la. s~grs.da Escr itura, ó en les que se limite demasiado di- ,.cha in!piración. Quedan~ ·proh ibi~as rigua.lmente las obras que·,~taqueu mtencionalmente á la. je1·arqnía ecle· siástica y al esta.do sacerdotal o religfr,so. 12. 0 Qneda prohibid o publicar, leer ó con1ervar los libros en que se enm:tnen ó Teuowion den los s01:t.ilegios, la a.divinar.ión, la magia, la evocación de los espíritus ú otras snrperstieiones de este genero. 18.0 Los libros ó los escritos que relaten nuevas apariciones, reve laciones, viaione3, profecías, nuevns milagros, o que sugieran nuevn.s devociones, aun ha.jo el pretexto de que son privadas, quedan proscritoe, si se publican sin la aprobación de los supe· i-iores eclesiá s ticos. 14.º Quedan también prohibidas las obras que sostengan que el duelo, el suicidio ó el divorcio Bon lícitos; la.a qua traten da las sectas masónica.a ó de otras sociedades del mismo género y pretendan que son utiles y no funestas a la. Iglesia y a la sociedad, y sostengan. errores condena.dos por la Sede Apostólica. CAPITULO VI. De las imágenei sa_qradas y de las in• dulgenciis. robación del Onlin a no. 20. Que nadie publique salvo periso de la autoridaJ legitima, lib ros ú opúscuks de oracioneil, de devoción ó de doctrina y de enseñanza. reli giosa, moral, aseetica, mística ú otras 11.náloga.s, aunque parezcan pr opios para mantener la piedad del p ueblo crietiano, y que los qne se pnbliqueu queden prohibidos. CAPÍTULO VIII. De los periódicos, hojas y rei-istas periódicas. 21. Que h1s pe.ríodicos, hojas y levistas que ele intaJlto atu.qnen á la religión ó á las buenas costumbres,Eean proscritos, no sólo en virtud del derecho natural, aino en virtud del derecho eclesiástico. Que los Ordinarios cuiden, cuando sea 110cesari(), de advertir opo rt unamente á los fieles del pelig ro y de las · consecuencias fun es t as de tal e,:; lec turas. 22. Quo na<lie entre los cató li cos, sobre todo entro los eclesiás ti cos , publique cualquiera cosa que fao re en periódicos , bojas y revi8tn s periódi- <licaR ele est¡,¡, especie, ai no es por nna ca:isa j usta y razonable . CAPITULO IX. (Continuará). :g¡qz ,J WWW!i!F'i LA JUSTICIA. HuAn.ts JUNIO 21 DB 1897. Qu~ la libertad electoral constituya. una bella realidad y los llamados á ocupar la curul parlamentaria sean 1011 verdaderamQute ungidos por e l pueblo y n6 los favorecidos por la.s farzas y cábalas de presticligitaeion autoritaria como en años anterioresson nueE:1traa mas vehementes :.1.spi• rn.cionas. CRÓNIC:A. EL ILTMO. MONSEÑOH CandidaturasL:.1's que deben luchar en las próxi- :0:-. D. J uan Ambrosio uer ta. - mu.s olecciiJneg son lt18 .siguientes: EL 9 del ::nes en cnrsc, á las 2 y 50 minutos, dejó de existir eil la Metropoli el dignísimo Prelado cuyo nomLre encabeza estas líneas. Muere á la adad de 74 :tiíns, hahiendo celebrado ahorn. poco la s bodas do oro de sn consa.graeión sacerdota l y cumplido 30 aíios de su unción apiscopaJ. Su elevada. inteligencia, s11 extraordina ria erudici )nen la.s ci encias ecle -• siástica.s y profa,n as , :m inquebranta - blo celo en dofensn, ele los derechos de .Pura Senadores-Señores Agnstín Icaza,, Olivas Escudero, :Morán, Phi. Iipps, Bambarén y Gadea (Teodomiro). Para Diputados-Por Pomabamba, señores Césa.r Cisneros y Mariano Olí veros. Por Hnari-Señores E. Angulo y F. Salas. P or Hu:11 ás • Dr. A.ntunez y Sr. ~- Morales. Por Sa11ta--Señores Se,vaue y Yaldea. vall a.no. la I glesia >·, an te todo, sn ac endra dn, .Junta Receptora de sufragios . piedttd- a.crisolada con las cons tantes H ~rn sido fa,vorecfolos por la suerte tribulaciones soportadas · con santa. los ::·e~cHcs que á continuación se 03resignación-he allí los titulas de su. presan: grandeza q uo · arrancaron de los la. HU.A.nÁs: Señores :Mariano Araya y D e la fa cultad de leer 11 coH,WTar li - bios del inmortal León XIII el ::mbli- Carba llido, Manuel V. Estrem:1doyro, bros p , olúbi1i', s u, e calificativo <le /!,'l Obispo Optimo, Euri,1ne Guzmán y J llan Barreneque forman hoy la aureola de s n iu - 1 cheq,, E l 3er grdpo fué anulado. 23. Solo tienen dereuho a lee r y morblidad en lnis p u.gin its ·ae la Ili ::i- · Hu.1.'lLAs-::h~i1o~·es José _f. Alrua~- decretos espec1cdes ó por ducret<H-1 go- brnnaventurnclos . ·. ~ :F 1gueroa , Com1t. tino Jaram1ll o y 15. Quedan absolutamente prohibidas las imágenes de Nuestro Señor Jesucristo, de la bienaventurada Virgen María, de los ángeles y de los santos ó de otros servidores de Dios, de cualquier modo que esten impres~s, si se a.partan del eepíritu y de los decretos de la Iglesia.. Queda asímismo prohibida. la. publicación de rueva.s imágenes, con 6 sin indnlge ncia, sin permiso de la autoridad eclesiá s. tica. nernles, las persona9 q nc k 1.11 l\.!t:ÍiH - • Es dign 1, do L1 gra,titucl na cional y }'rauci :-,co OcliÓ}1:-".~- dü regularmeljte p arn e;ll o el DGrtn L.,o i m1pechlmente del clero la bondad .de · . S,n,TA. - -Se'ücrfo~ Jose Lomparte, C'Jrrespondiente, bie1i t1 0 L~ ti·e,le A- : s11 Exelencia el Presidente de la D.e- l'ablo B. Bare'o, ··Armando Bravo, Vio postóli.::a,ó de aq llellos eu q ui on es l·a · ~ pública, que · se hiza C'\rgo d ~: to- tor lLunos 'y Artnro ~Iatheus. ya delegado su puder. '1 nos los gastos necesarios piirn, la in- l '.H,LASCA- Seiiores Vicente Gon16. Queda. prohibido, a quien quiara que sea., repartir, del modo que fuere indulgencias apócrifas, .ó s uprimidas, o revocadas por la Sanb1 Se de Apostólica. Las que hubieren si. do repartidas se recogerán de mano de ks fielis. 17. Ningún libro, sumario, o 1)úscnlo, hoja, etc., que contenga. concesiones de indulgencias se publicará sin .. permiso de la autoridad competente. . ' ,. •• , 24.. Los Poutífices Ilornn n os h:1n ~ hnmacion y solemnes funerales del xal ei, \\' auces lao Sarmiento, Asuoatribuido a la, Sagra<l Ri Congregación ilustre difunto. e- ion Olivar n, l'edr o Olivera, Pío V. del In lice el pnc.ler de conceder per- "La, Justicia" se asoci::t al cln elo Sel a,y n, . roisn para leer y conservar todo libro general d e la prensa católic~ y eleva Titu~os El~~to:ralesprobiuicio. Gozan igualmente de esta · rns votos al Ser Snpremo por el ete r- I~,m sido re~11t1dos .Pº:' la Ju nta fueul tad: lct Suprema Congreg acion no descanso del g ue fué digníúruo N a.c10n,Ll p~i,ra rn.s p~ovmcui,s del Cer- <lel Santo Oficio y la Sagrada Uon- Obispo de Puno y de Arequipa. cado y l \ 1.lla~c~1, únrnas que proce~egregación de? la, Propaganda de la :Fe, rán á las elet!c1on9r; ea las fechas rnpara. la.s Regiones que de ellas d fJl)Ell· _.,'lP'IF_,.. --~ dica_d,is en el,td.ecreto supremo. dan. En Homa sol o l_JGrttnoce este der echo al Maes tro cld 8 'tCn) Pal.1ci,J LAS ELECCIONES. . .,, Apust6licc. - •. : . 25. Los Obispos .Y ot ro~: Prefad os II L \ si.; aproximan los días éll ·c.L~tc qne gozan ele t,rrn. jurisdi cc ic'in ca:;i lo~ ciudadan os deben hacer ns~ c.l e l episcopal, tendrá ta.mbién ol p· .J er de · más sagrado e importante ele s~s. deotorgar esos permisos para libros de- , rcchc, .;-que es Ja formación d el . pri-- terminados y en casos urgentes. Los j mer Poder del Estado, el Poder Le-' Prelados que han obtenido de la Sede gisla tiv o . 1)e tii..t:t,YLts y J>omabn,mba llegaron todavía ayer loti Libros de Inscrip- :.ciones , y" hL J uu ~l1 Electora.l Departamental los hi1 dovnelto varn qua subsanen los defectos graves que contienen. El de Santa irá a Lima por el .::o • neo de hoy .

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