La Justicia : periódico semanal /Título posterior: La Justicia: periódico religioso, político, científico y noticioso - Año V (116-118,120-121,123-139) Año VI (140-143,145-153,155-173) Año VII (174-209) Año VIII (210-216)

DIRBCTOR. ) lJr. JJlidtJZ..;._E,cudero.¡ OFICINA. 1-,7 • ·'- ' .. Periódico H,eligioso, Político, Científico y Noticioso~ } 1 e ; e { ; ; i - Ruarás, Junio BO de 1898. [Núm.. 168. r jeto por tanto, a plebiscito, tendría· Ciudadano Pn>Qide·üe: y provincias de Lima, a D. José Fer· mos qna renovarlo; y en el supaesto Después de u.lgu1tos n,ños ele inefi- mín Herrer~-En Arequipa, Puno MENSAJE da sernos adverso ¿cuál sería. la. con- eases esfoerzoR, el Gobierno clel Perú C:.uwo, Apunmac, Ayacucho, Moque · s. E. EL PRESIDEWrE DE LA Jicion del Perú, teniendo establecid,1 ha logrado c1l fin, á morito de transi- I gua y Tacna, á D. Jose R. de Idia- J)J! . la, soberan-ia de Chile en a.quel terri- torias circnnatancia.s, acordar con el qnez. REPUBLICA, torio, iuscrustado en el n nestro y cu· de Chile, la. m:wera de resol ver la 2º Los referidos Visitadores perciy:;i,e condiciones topografi.cas o'l nece- gl'a.ve Clrnstión q ne dosgra.ciadn.mente bir~n el haber mensnal de 300 soles~ .A.L INBULUtH EL CONG:a.Eio ilX~R!OR- sito sefiafar? La previsión m:is vul- nos lego el tratado de paz <le 188 3; y debiendo hacer. J?ºr su cuenta todos. DIN!.RIO DE 1898. gar no podría c0nsentirlo. los señores Hepresenta.ntes de la, Na- los w1stos de v1s1ta; EBcollos ta.les han sido evitados, ción acuden solícitos á vuestro lla3º Ooncédese, así mismo, a los Vicon verdadero acierto, en el ¡1acto ce- mamiento l)arn 1n·onunciar su ,;-ere- sitad_ores, el 5_ °/o de_ !os créditos que~ CoNciuDAD!.Nos DEL S-EN!.DO Y DE LA JI - - labrado. Conforme á ól, el I)lebisci- dicto en asunto de tanta trascenden· mediante su mspeccrnn, resultas en a C.bUR.-\. DE DIPUTADOi. d o to, qne se efectúe en '11u.cuit y Arica., den3i::t para la República; vienen con fa~or e les oncejos Municipales, comprenderá ta.mLien á Tarata; y exacto y claro concepto del a.dnstero pruna qne se les i:tbonará tan lueg o Intima es la satisfaeción que espe- siéndonos favorable, como tie ne que cleber que tienen que cumplir; y el com? se hayu. hecho la recaudación i-imento, al da,ros cuenta por mí mis- sel'lo, cortará de raíz; no d ejará sub- país y el Gobierno pueclen eetc1r se- de <hcha.s l'P.ntas; mo, en sesiones extraordinarias, de eistento cuestión algt.na. gnros de que lo c1,1mplirán, no te- 4º El egreso que ocasione el cum- , la solución felizmente a lcanzadu, en Para el ca.so, simplemP11tc [hipotétiniendo en mira sino la di anidad los p1imiento de la presente resolución, el complicado y trascendental ¡noble- co, de que nos foese adver!rn, ol pac- derechos é intereses t)eo-itímos de la será cnbierto, desde l uego, por el Goma relativo á Tacna y Arica- to ha ?ejad~ terminantemente á sal- 1Nación y su vehemente O anhelo por bierno, con aplicación, provisionalPerseg~~da, con diacr~L? afán y no vo la mtegndad de lo~ d_erechos que qne cese cuant? an_tes, el amargo y mente, á la partida 2,130 del Presualterada fiJeza, en el _solido terreno rech1,mamos. El plebiscito en Tara- prolongado caut1veno da aquellas dos puesto General; quedando las Muni~ eri que la situé al hacerme cargo del ta no tendrá, pues, va.lor si no en un hijas del Peru. cipalidades de la República obligadas Gobierno de la República-ejecución j solo caso-en el ~e ser_nos fa,_v~r_able á reembol::iar al Tesoro público, de pura y simple del trntado de 1883- el :le Tacn::1 y Anca-sm poe1b1hdad ---- la.s rentas que se recauden en virtud la. previsión qne os espresaba, -eP mí de dañarnos en caso contrario. OFICIAL. de la visita y en proporción í. lo que Mensaje del año anterior, no ha sido ________ ---·--- cada una obtenga de ella. vana. Todo otro procedimiento habria: ó Regístrese y comuníquese-RúbriSeguro estaba de que vision más prolongado iutlefinidamente, Y en da- MINISTERIO DE GonIERNo y POLICÍA.. ca de S. E.-Pue1tte. clara de los propios intereses y de los ño único del Perú, la ocupadón chi· intereses sud-ameri~anos <lominaria, lena; ó dejado sin solución definitiva Lima, Ma'!/O 27 cls 1898. por fin, en Chile, y de que el respeto el problema iuternacional. que inevitablemente conquistan los Di bajo ele algún aspecto es digno, Teniendo en consideración: Pueblos que caminan ordenada.mente pues, ~8 recomeutla.ción esp_ecial el Qne algunas de las MunicipalidaSe reimprime el siguiente oficio por ha - ber salido con omisiones notables en el número anterior. Ruaras, Junio 13 de 1898. en las sendas de lo bueno y <le lo j us- pacto ª q ~e me refiero, es, sm dud~,, des da la Republica no han remitido to, como lo hace el Perú, nos perrni- poi la, atinada manera 811 que ha si- 1 al Mil ieterio de Gobierno la relación tirian, sin duda alguna, realizar la ~o ~ratada la _cne st ión de .T~rn.t~, cu· de los a.rbitrios, ni han proporcio.uanecesaria aspiración nacional en a- 3 ª importancia ID(; ha decidido a ocu- do á eee Despacho los <latos pertinen- Señor Minístro de Estadu en el Desquel orden, aun apesar de todos los parme ahorn de ella. tes a dichas rentas. pacho de Justicia. obstáculos que ó. 2lla se oponían, en- L11 Convención firmada en SantiaQue así mismo, y no obstante las tre los cuales no eran secundarios go el 16 de Abril último; el Memo- reiteradas exigencias que se han heprecedentes ya sentados. randum en que las conferencias para cho, las mismas Coopera ciones no Mucho 88 engañaría, ciertamente, ésta fueron protocolizadas; y la co- han cumplido con elevar sus Presael que busca.se en otra parte las can- lección de documentos ante riores,que puestos respectivos. ea.a generadoras del resultado obteni- 08 serán sometidos por el Ministerio Que estas omisiones ponen de mad de Relaciones Ex¡eriores, os daráil nifiesto el mal estado de la adminis ºcomplicR.ba seriamente: el pacto cabal conocimiento del asu nto. tración local; y - sobre plebiscito la cuestión de 'rara- Esa Convención, ct1yo~deba~e y cu- Que el Gobierno está obligado a ata-, territorio que Chile ha retenido yos términos mismos testifi~an la rec tender prefel'entemente dichos servien su poder, a.legando que, por el titnd de miras con que bn. procedido cios, para cuyo efecto y el de corregir tratado de paz, se halla comprnndido Chile n.l nij astada, nos asegL1ra, en las irregularidades anotadas, eecesita en los de Tacna y Arica; inientras pre~iso plazo, la, reincorporación de tener conocimiento perfecto de la sique el Perú sostiene lo contrario. nuestras q ue~-i~as Provi!lcias, de ma- tuacióu económica de los Concejos Al negociar aquel convenio, 150 pre- nera ~an legit1m~ .Y evidente, co~o Pl'ovinciales de la República, as1 coeentaban esos escollos iaua.lm .,11te te- es evidente .Y legit1ma la voluntad m- mn de las causa,s que entorpecen la mibles pam nosotrüs.' º ..., ¡ contestable de sus hijos. ✓ , marcha regular de la administración Era. el primero: la postergación del Nuestro h~rmoso pabellon flotara comunal; pacto plebiscitario hast,1 qLrn <iuedase de_ nuevo, ciertamente, _Honorablf'.ls Se resuelve: resuelta la cuestión de 1\1rat t'lo-que se~ores, so~re el l~gondar10 -~~orro de Proeoda.se á p:::acticar por mellio de dura ya quince años! sin ava.nvi.r un Anca_,_ grnc1as al eJem?lar c1v1s_mo d e Visíta,clores nombrados ad hoc, una sólo paEfJ-da.ndo a ésta, carácter de l.os h1Jos de aq nella, trnn?, mas . pe- inspección minuciosa del estado de cuestión previa interminable inúi-il rnan11 hoy que nunca, y a la, a.ctitud las MLmicipalidades de la República, y funestamente' dilatoria. El pat6~- de la Naeión, factor~s rea!~s de esa o- tanto en la parte e conómica como en tismo no■ imponía absolutamente e- bra; obra que tra.era lecc10n fec_u~1da la administrativa, conforme a las insvitarlo á todo trance. Cinco a:ilos de ~alud a, lm, pueb~os de ~.menea, trncciones que se impartirán por los después de vencido el largo plazo de conJurando males sm medida para Ministerios dG Hacienda y Gobierno, ocupacion extrangera ¿habriamos de ellos. . . respectivamente. · consentir en levantar una c.uestión . To_do ret~rdo en realizarla hubiera Regístrese y comuníquese-Rubridilatoria, y de la naturaleza de a.que- stdo mexphcable de nuastrn parte.~ ca de S. E.-Puentt. Ha¿ ¡Todavia un aplazamiento! y {! ~genos verla coo~umad.a; y habe1~ realizado con nuestro concnrsot Mi siao convocados mmed1atament0 a corazón de peruano se sublev¡ ante sesiónes extraordinarias. idea semejante. Era el segundo: el que se preten · diese poner fuera el asunto de Tarata, con resultado que no puede oculta.rae á, nadie. Celebrado el plebiscito; en posesión ya el Perú de Tacna y .lrica., nos queda.ria en pié discusión Hbre Tara.ta., con ¡todas sus de· sastrosas consecuencias. Hay mas todavía. Como en la Vuestra presencia me dará la oportunidad de someteros otros varios a• suntos, cuya resolución reclama premiosam;mte~el interés de la República.- N. DB PIÉROLA. Lima, 15 de Junio de 1898. Lima, Junio 7 d, 1898. Conforme á lo dispuesto en la suprema reaolucion de 27 de Mayo último, creando los cargos de Visitadores Municipales; Se resuelve: 1 ° Nómbrase para el ejerc1c10 de :lichas funciones, en los Departamentos que á continuacióñ se expresan, al signieate personal: cueetión de Tarata, aisladamente tratada. despues, cabría. el que se declara.se esa terri,orio comprendido en los términos del trata.do de paz, y suEn Piura, CRijR:marca, Amazonas, El Preaideate dol Congreso, señor Ma• La,mbayeque y La. Libe1·tad, a Don nuel Candamo, :1e contestó en los si- Felipe S. Adrianzen;--En Junín, gui~ntes términos. , Huanuco, Ancash, Huancavelica, lea Tengo el honor de dar cumplimiento al oficio de ess Ministerio,de fecha 28 de Ablril último, remitiendole adjunto al presente, el inventario de loa ::nueblas, útilQs y libros de este Superior Tribunal, y manifestándole que los Juzgados de 1 ª Instancia di este Distrito no tienen libros, se6ún lo han expresado al contestar la mayoría de ellos la circular que se les dirigió sobre estoa datos, pudiendo asegurarse que todos se encuentran en el mismo caso. En cuanto á muebles, no cuentan sino con una mPsa y algunas sillas del país. Respecto de local, la Corte ocupa desde haca algunos años, casa da propiedad particular, ln,biéndose trasladado en Abril último á la en que funciona actualmente, y cuyo arrendamiento ea de 36 soles mensuales, pag.indose por el Fis30 25 soles, partida considerada en el presupuesto general de la República, y el completo de la merced conductiva se cubre eon 01 alquiler de algunas de lao piezas anexas á dicha casa, cuyas condiciones de comodidad para las labores del Tribunal y los Juzgados de este Cercado no son nada satisfactorias; circunstancia que, interesando la reconocida actividad del Presidente de la H. Junta Departamental, le ha obligado á iniciar dentro de breves dia!!l la reconst. acción del antiguo local de propiedad del Estado que ocupaba el Tribunal. Ninguno de los Juzgados del Distrito tiene tampoco local propio, sino que despachan en su casa habitacion; y sólo el de la Provincia de Pallases. lo haca en un lacal que es de propiedad municipal. Dios guarda á US. Juan N. Jfaguiña4 1 1 ¡

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