en el Perú, en la introducción del método del barón de Born. En su lugar, explicaba, se había procedido a su sustitución por individuos formados en el colegio del Tribunal de Minería de México, desde donde debía irradiarse el conocimiento hacia el resto de los enclaves mineros de América. Aquí aludía específicamente al Perú, a donde se había decidido enviar a dos jóvenes formados en México, uno para que dirigiera la mina de azogue de Huancavelica y el otro para que asistiera al jefe político en aquellas empresas en las que los particulares pidieran auxilio o precisaran realizar alguna consulta. También mencionaba que se había ordenado al Tribunal de Minería de Lima que enviase varios individuos a formarse a México para que, de regreso al Perú, pudieran servir para fundar escuelas semejantes, aunque más reducidas. Recomendaba, asimismo, que las autoridades estimulasen a los mineros peruanos más ricos para que remitiesen a sus hijos a la capital novohispana a profundizar sus conocimientos sobre dicha actividad. La sección de su discurso dedicada a la minería se cierra con alusiones a la necesidad de facilitar el tráfico del azogue desde Almadén y de favorecer el establecimiento de nuevos polos de producción minera en sectores clave del territorio americano mediante proyectos de migración y colonización (1871[1821], pp. 127-129). La memoria de Moscoso de Altamira (1872[1822]), por su parte, retomó todos estos puntos, aunque con un tono más cauteloso e incluso formal. Repasó especialmente las dificultades con que se encontraron los proyectos aludidos por Gil de la Cuadra y llegó a decir que varias de las medidas habían quedado sin efecto por consecuencia del estado de las provincias de Ultramar. Pese a que no alcanzó a explayarse en los problemas concretos, este documento apoyaba en un plano empírico la pérdida de las expectativas despertadas con el restablecimiento de la Constitución liberal. En términos políticos e institucionales, los textos de los ministros resultan bastante parcos respecto de las reformas adoptadas, enunciando poco más que la introducción de la Constitución de 1812. Apenas abordaban cuestiones como la nueva división política del territorio, la introducción de algunas medidas destinadas a controlar la movilidad de la población o la negativa a dividir el mando político y militar en América por una cuestión estratégica. En suma, no hay una explicación del proceso por medio del cual se intentó implantar una nueva idea de Estado, concebido como la representación de la nación, sustentado en la división de poderes y en una nueva organización territorial101; tampoco se decía 80
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